Javier Reyes, manager en el área laboral, publica en Capital Humano su artículo sobre cómo afecta la reforma laboral a las empresas desde el pasado 31 de marzo. La eliminación del contrato por obra y servicio deja un vacío a rellenar por el contrato fijo discontinuo, pero que crea muchas dudas en empresas de determinados sectores, en los que la temporalidad era tónica habitual de contratación.
Nuestro abogado laboralista explica en este artículo, entre otras cosas, los diferentes cambios aplicados por la reforma laboral del pasado diciembre de 2021 y el régimen transitorio que se aplica a los contratos celebrados hasta el 31 de marzo de 2022. "La vis atractiva del contrato fijo discontinuo obliga a las empresas a analizar de forma especialmente detenida el encaje de las situaciones que se les presenta en las modalidades de contratación temporal que recoge la norma" y añade que "se hace necesario un análisis detenido del mapa contractual de cada empresa, al objeto de detectar posibles deficiencias y necesidades de adaptación a esta nueva regulación".
Dependiendo de la naturaleza de la empresa, el sector y las necesidades estacionales, se precisa de un estudio en detalle por parte de profesionales para estimar cómo afrontar en cada negocio esta situación y adaptarse a la nueva normativa para evitar sanciones por parte de posibles inspecciones de trabajo.
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