Abogados expertos en despido Alta Dirección


En el área laboral de CECA MAGÁN Abogados, somos especialistas en el asesoramiento jurídico en asuntos relativos a los despidos de alta dirección, indemnizaciones y contratos. Representamos tanto a empresas como a los propios altos directivos en negociaciones y pactos de salida.

 

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CECA MAGÁN Abogados expertos en despidos de alta dirección y directivos

Asesoramiento legal a empresas y altos directivos

Las materias habituales que desarrollamos para nuestros clientes referentes al despido de alta dirección son:

01

Elaboración de cartas de extinción por desistimiento o despido del personal de alta dirección.

02

Impugnación y negociación de despidos de altos directivos.

03

Asistencia en la redacción de contratos y cláusulas específicas de blindaje, permanencia, no competencia post-contractual, exclusividad, bonus, primas e incentivos, y otras.

04

Asesoramiento fiscal y laboral respecto al tratamiento de indemnizaciones de alta dirección por resolución de la relación contractual.

¿Qué se entiende por alto directivo?

  • El alto directivo mantiene con su empleador una relación laboral de carácter especial que se rige por las específicas disposiciones del Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del personal de alta dirección.
  • Esta relación de carácter especial se caracteriza por la recíproca confianza que debe existir entre ambas partes, derivada de la singular posición que el alto directivo asume en el ámbito de la Empresa en cuanto a facultades, poderes y responsabilidades.

Características del contrato de alta dirección

  • No existe subordinación en la prestación de servicios. Los cargos de alta dirección tienen autonomía y plena responsabilidad.
  • Se cuenta con poderes que corresponden a decisiones estratégicas para el conjunto de la empresa.

Preguntas y respuestas más frecuentes sobre Despidos de Alta Dirección

Los contratos de altos directivos se caracterizan por no existir subordinación en la prestación de servicios (existe autonomía y plena responsabilidad). Además, el alto directivo ejerce poderes que corresponden a decisiones estratégicas para el conjunto de la empresa. Por ello, la extinción de este tipo de contratos están sujetos a un régimen especial.

Un contrato de alta dirección se puede extinguir por diversos motivos: bien por voluntad del propio directivo o bien por voluntad de la empresa. En ambos casos, para llevarlo a cabo se deben cumplir una serie de requisitos.

Si la empresa decide llevar a cambio un despido de alta dirección, hay que diferenciar varias situaciones: el desistimiento; el despido por causas graves y culpables; otras causas recogidas en el Estatuto de los Trabajadores como un despido objetivo, jubilación, etc.

Para argumentar que un despido de alta dirección es disciplinario, se debe demostrar que ha existido un incumplimiento grave y culpable del alto directivo. Para que la empresa pueda proceder de forma correcta debe: comunicar el despido por escrito, describiendo los hechos y la fecha de efectos del despido.

Si es el directivo el que decide extinguir su contrato con la empresa, debe dar un preaviso mínimo de tres meses y debe hacerlo por escrito. Además, puede tener derecho a indemnizaciones en caso de que argumente causas como: la modificación sustancial de las condiciones de trabajo; falta de pago o retraso continuo del salario; sucesión de la empresa o cambio importante en la titularidad de esta; cualquier incumplimiento grave por parte de la empresa que afecte a sus obligaciones.

En caso de que una empresa se encuentre en un proceso o tramitación de concurso, esta afectará a la extinción de contratos y despidos de alta dirección

1. Será la administración concursal la que pueda, por iniciativa propia o a instancia del deudor, extinguir o suspender los contratos de los altos directivos.

2. En este caso, un juez puede determinar la indemnización que corresponda al alto directivo, independientemente de lo pactado en el contrato, con el límite de la indemnización establecida en la legislación laboral para el despido colectivo.

3. El alto directivo puede suspender el contrato con preaviso de un mes, y seguirá conservando su derecho a la indemnización correspondiente.

Un alto directivo puede impugnar su despido en los 20 días hábiles siguientes a la fecha en la que se produce el efecto. 

Ceca Magán es uno de los mejores despachos laboralistas de España, según los diarios Expansión y Cinco Días, y los más prestigiosos directorios internacionales, Chambers & Partners, Legal500, Leaders League, Best Lawyers y FortyUnder40.

Trabajamos en equipo, con abogados especialistas en derecho laboral con un objetivo claro: garantizar el mejor asesoramiento jurídico en despidos de alta dirección para empresas y altos directivos.

Este tipo de procesos son complejos y requieren de experiencia y profundo conocimiento de las condiciones especiales existentes en las relaciones laborales de alta dirección

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