La obligación del registro de jornada tendrá que incluir las pausas, según pretende el Ministerio de Trabajo, y que las inspecciones laborales puedan tener acceso a estos registros. Este requisito está incluido en el texto que recoge la reducción de jornada a 37,5 horas y al cambio de modelo en el registro horario.
José María Labadía, socio del área laboral, indica en El Economista: "Todo está muy verde, estamos intentando acomodar los sistemas a las pretensiones que parece tener la Administración y que apuntan a un control real de la jornada efectiva".
Además, las empresas deberán concretar si esas pausas son parte o no del tiempo de trabajo, sobre lo que nuestro abogado laboralista añade: "Estamos a la expectativa de conocer más detalles, porque la casuística es tan exagerada que habrá que fijar qué entendemos por interrupción, qué es algo normal y si el trabajo efectivo es necesariamente prestar un servicio o producir de forma continuada".
Las sanciones por no cumplir con la obligación de incluir las pausas en el registro de jornada podrán ser de hasta 10.000 € por persona trabajadora.
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