El reciente fallo del TJUE no obliga a hacer fijos a los interinos a los estados miembros, entre ellos España. En nuestro país, la tasa de temporalidad en el empleo público es de casi el 30% y, aunque el tribunal europeo considera que un cambio automático de modalidad de contrato es suficiente, no obliga a ello.
Rafael Ariño, socio del área público y regulatorio y experto en empleo público, comenta en El Español (sólo para suscriptores): “La sentencia analiza una normativa europea que dice que hay abuso de contratación y fraude cuando se van encadenando contratos en situación precaria".
Además, nuestro abogado experto añade: "El TJUE analiza las medidas del legislador español y dice que son insuficientes. Lo segundo que dice son las medidas que cree suficientes".
Aunque el tribunal europeo ofrece en su sentencia propuestas para reducir la temporalidad de los interinos, "El Tribunal no se mete”, explica Ariño. Y apunta: “No se lo puede imponer a España, pero si apreciados los mecanismos (para reducir la contratación abusiva), se llega a la conclusión de que el legislador no ha hecho suficiente, el TJUE considera que un mecanismo de conversión automático sería una decisión suficiente".
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