Ante las malas perspectivas económicas y laborales de los próximos meses, muchas empresas consideran que los ERTE, la propuesta estrella del Gobierno para sortear la crisis, ya no son suficientes. Por ello, muchas de ellas ya buscan fórmulas para intentar sortear la cláusula que impide despedir en seis meses. Así, cada vez son más las que se plantean transformar las suspensiones de contratos en despidos colectivos.
Como destaca El País, los intentos de llevar a cabo ajustes de plantilla, no obstante, se encuentran con un obstáculo importante: la denominada obligación de mantenimiento del empleo. Al respecto, nuestro compañero Alberto Novoa, Socio del área laboral, señala: “La norma dice que comienza en el momento en el que la empresa vuelve a su actividad, ya sea de forma total o parcial. El plazo, por tanto, se inicia cuando se desafecta del ERTE al trabajador, siempre que se reincorpore para hacer sus labores habituales”.
En el caso de los ERTE por rebrote, en cambio, el periodo de seis meses arranca el 1 de julio, “que es cuando entró en vigor el real decreto que los regula”, aclara Novoa.
Pero, ¿qué ocurre cuando se prorroga un ERTE o se solicita uno nuevo? “El decreto-ley 30/2020, aprobado el 30 de septiembre, establece que el plazo de medio año se inicia una vez finalizados los seis meses del anterior. Es decir, que hasta que no haya acabado uno, no puede empezar el otro. La ley, sin embargo, prevé una excepción para el compromiso de mantener el empleo: que la empresa se encuentre en riesgo de concurso“, destaca El País.
Al respecto, y en declaraciones al citado medio, Manuela Serrano, Socia del área concursal, no cree que una compañía tenga que cumplir estrictamente con esos supuestos para poder acogerse a la excepción. En su opinión, “bastará con que se acerque“.
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