Normativa europea contra producciones hechas bajo trabajos forzosos

La Unión Europea tiene sobre la mesa un acuerdo provisional, cuya normativa pretender frenar la comercialización de productos hechos bajo trabajos forzosos. Alejandro Alonso, socio del área mercantil, lo analiza en su artículo para el último número de la Revista VPC.

Esta "lacra" que afecta, según indica nuestro abogado en su artículo, "a 28 millones de personas que se encuentran en situación de trabajo forzoso en todo el mundo", también salpica a las empresa del sector cosmético en cuanto a la "producción y comercialización de productos falsificados". 

Los criterios a tener en cuenta por la normativa europea para ver si se infringen o no las políticas son: "la importancia y la gravedad del presunto trabajo forzoso"; "cantidad de productos realizados con trabajo forzoso"; "proporción de las piezas del producto realizadas"; "proximidad de los agentes económicos a los riesgos de trabajo forzoso que se sospecha, se produce en la cadena de suministro".

Ante esta nueva normativa europea sobre la mesa, nuestro profesional mercantilista concluye que es "una norma valiente y esperanzadora, que además dignifica los valores de cada uno de los países que componen la Unión".

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