Hace tiempo que órganos administrativos y judiciales cuestionan el papel del acto de conciliación como requisito para el disfrute de la exención de la indemnización por despido. Las recientes resolución y sentencia del Tribunal Económico Administrativo (TEAC) y la Audiencia Nacional, respectivamente, confirman el criterio de que el acuerdo de conciliación no vincula a la Inspección, que puede obviar su existencia y negar la exención de la indemnización en IRPF.
Almudena Medina Rodríguez, Directora en el área de Derecho Tributario de nuestro despacho, publica en El Confidencial esta interesante Tribuna sobre el papel del acto de conciliación ante el SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación).
Al respecto, señala: “Aunque la conciliación en el SMAC sigue siendo obligatoria para acceder a la exención, no es un puerto seguro si se acredita que el despido fue de mutuo acuerdo. Confiemos en que la Inspección comprenda bien su papel y no criminalice conductas del contribuyente de forma objetiva, limitando el disfrute de la exención únicamente cuando las circunstancias concretas del caso lo requieran”.
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