Se prórroga la moratoria para las empresas afectadas por la crisis del COVID

Se prórroga la moratoria contable para las empresas afectadas por la crisis del COVID. Esta moratoria permitía no incluir en sus cuenta las pérdidas generadas durante los años de la pandemia y terminaba el 31 de diciembre de 2024. Finalmente, el Gobierno ha extendido esta moratoria contable hasta el 31 de diciembre de 2026.

José Carlos González, socio del área concursal, comenta en El Confidencial (sólo para suscriptores del medio) que, pese a ello, se prevén disoluciones de empresas una vez acabe: "si una empresa no está en riesgo de insolvencia actual el 31 de diciembre de 2026, tampoco lo estará el 1 de enero de 2027, aunque tenga que contabilizar las pérdidas de 2020 y 2021 y eso le haga incurrir en causa de disolución. Otra cosa es que ello obligará a buscar una solución a dicha situación si los administradores no quieren ser responsables solidarios de las deudas”.

Nuestro abogado concursal también añade que aumentarán los procedimientos concursales, por parte de aquellas empresas que, más allá de la moratoria concursal, han usado los préstamos ICO: "al ver sus administradores que pueden incurrir en responsabilidad personal por las deudas sociales, y quieran evitarlo, precisamente por ser insolventes no podrán disolverse societariamente y deberán acudir a un procedimiento concursal que, seguramente, intenten que sea sin masa para evitar que un administrador concursal lo califique como concurso culpable y, con ello, igualmente exijan cierta responsabilidad personal por haber agravado la insolvencia”.

 

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