Sentencia: se revoca el pago de indemnizaciones por depreciación de la vivienda

La Audiencia Provincial de Barcelona ha dictado en su sentencia que se revoca el pago de indemnizaciones por depreciación de la vivienda, a la que estaba condenada en un primer momento a la empresa gestora de los inmuebles. Esta sentencia ha sido ganada por CECA MAGÁN Abogados.

Tras varios años de incidentes ajenos a la gestora inmobiliaria en algunos de los pisos de alquiler social, el resto de inquilinos reclamaban indemnizaciones por una supuesta depreciación de la vivienda, pero la Audiencia Provincial, al no haberse producido ninguna venta que probara dicha depreciación, no ha estado de acuerdo con estas estimaciones.

Antonio Valmaña, director en el área de litigación y abogado defensor de Buildingcenter, ha explicado en Expansión (sólo para suscriptores del medio): "la base para una indemnización por daños es la existencia de un daño. La hipotética pérdida de valor de una vivienda, simplemente teórica, no da lugar a una indemnización".

Además, a la sentencia se le añade un componente social. Las viviendas destinadas a alquiler social convivían con pisos adquiridos de forma usual. En primera instancia se consideró que no era válido que hubiese esta combinación. Nuestro abogado procesalista consideró esta apreciación preocupante "por la idea subyacente: la idea de que las familias que se acogieron a esa opción no podían convivir con otras, apuntando así a una división cuanto menos clasista y contraria a los valores más básicos de igualdad entre ciudadanos".

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