Sentencia: indemnización a un exarrendatario por la clientela generada

El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que considera que hay derecho a indemnización para el exarrendatario de un local, cuyo nuevo inquilino seguía su misma actividad y por tanto, aprovechaba la clientela habitual. El nuevo arrendatario, además de mantenía el nombre y parte del personal del negocio. Ante discrepancias sobre la continuidad del contrato de alquiler, el exarrendatario decidió pedir esta indemnización.

Pese a una primera desestimación del juzgado de primera instancia, finalmente, el Supremo le ha dado la razón al exarrendatarioAntonio Valmaña, director en el área de litigación y arbitraje, comenta en Expansión (sólo para suscriptores del medio) la importancia de esta sentencia: "por su interpretación amplia del concepto de actividad comercial y clientela en el contexto de la LAU".

Nuestro abogado experto añade también que: "la importancia de la fidelización de los clientes en la determinación de la indemnización y cuantía de la misma, lo que puede influir en futuros casos relacionados con arrendamientos comerciales en nuestro país".

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