Una reciente sentencia del Tribunal Supremo estipula que los complementos salariales no deben perjudicar a las mujeres. Estos pluses suelen pagarse de forma proporcional a las jornadas, sin embargo las mujeres suelen estar más acogidas a las jornadas reducidas que los hombres, por lo que el pago de estos complementos incurriría en desigualdad.
Agustín Benavent, counsel del área laboral, explica en Vozpópuli: "El problema no vendrá en el salario base, donde en general no hay discriminación directa, sino en todo lo que son pluses y complementos personales: si un concepto que se pagaba hasta ahora proporcionalmente a la jornada discrimina a un género, tendrán que abonarlo a todos por igual, independientemente de si se trabaja con jornada reducida, a tiempo parcial o completo". Añade que, por ejemplo, el plus de transporte, "no puede ser proporcional, pues incumple la regla de igualdad de derechos entre trabajadores", pues el coste de ir a trabajar es el mismo independientemente de la jornada laboral que se haga.
Nuestro experto comenta que esta sentencia sobre complementos salariales y desigualdad deberá estar ligada "con las nuevas obligaciones en materia de auditoría retributiva de los planes de igualdad". Los planes de igualdad son obligatorios en las empresas con más de 50 empleados.
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