Enrique Ceca, socio del área laboral, analiza en el Consultorio Laboral de El Confidencial el caso de una trabajadora en ERTE cuyo empleador prescinde de ella desde hace una semana para que vaya a trabajar. ¿Es legal esta táctica? ¿Se podría demandar?
En primer lugar, debemos aclarar que no existe un criterio legal en relación con el modo de proceder a la desafectación de los trabajadores afectados por un ERTE.
“La empresa podrá realizar la desafectación de una forma u otra atendiendo a criterios empresariales en línea con la reanudación de la actividad y necesidades productivas de la misma, cumpliendo con las medidas preventivas necesarias”, señala Enrique.
“El único límite se encuentra en que la empresa no haya seguido un criterio discriminatorio de desafectación que pudiera vulnerar los derechos fundamentales de los trabajadores, en cuyo caso podrían reclamar por la vulneración de los mismos”, concluye.
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