Nueva prórroga de los ERTE y la prohibición de los despidos

La crisis de la pandemia ha obligador a una nueva prórroga de los ERTE hasta el 31 de mayo de 2021 y con ella, las prohibiciones de despedir a los trabajadores en esta situación. Sin embargo, empresas y trabajadores que arrastran dificultades durante meses ya se muestran escépticos. Los problemas ocasionados por COVID-19 se están manteniendo demasiado en el tiempo y esto perjudica al negocio de muchas compañías y por tanto, al mantenimiento de lo s puestos de trabajo.

Enrique Ceca, socio director del área laboral, explica en una entrevista a El Confidencial lo que supone la nueva prórroga de los ERTE, las causas de despido permitidas y los tipo de ERTE a los que una empresa puede acogerse: “Los ERTE pueden producirse por fuerza mayor, cuyo procedimiento conlleva una necesaria autorización administrativa sin necesidad de negociar con los trabajadores o sus representantes, y por causas económicas, técnicas, productivas y organizativas— conocidas como ETOP—, que necesariamente deben negociarse con los empleados “.

Respecto a los despidos y la prohibición de realizarlos por las empresas acogidas a las prórrogas de los ERTE, menciona que “ya se están dando resoluciones judiciales que matizan o se oponen a la prohibición de despido por COVID, lo que resulta algo lógico en mi opinión, si, como he comentado antes, no existe capacidad de retomar la relación laboral que se encuentra suspendida”.

También da respuesta a otras cuestiones que surgen con los nuevos ERTE como qué ocurre durante estos periodos con las vacaciones, bajas médicas o el paro , qué pasa si un trabajador no cobra estando de ERTE o incluso la posibilidad de encontrar otro trabajo. Ante esta coyuntura, Enrique Ceca recomienda anticiparse y establecer una planificación para antes del 31 de mayo de 2021, fecha tope de la nueva prórroga de los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo.

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