Sentencia del TS sobre la exigencia a las aseguradoras de los servicios prestados por el SNS de forma indebida

Sentencia del TS sobre la exigencia a las aseguradoras de los servicios prestados por el SNS de forma indebida
22 Mar 2019

Conforme a la reciente Sentencia de 13 de febrero del Tribunal Supremo las atenciones o servicios sanitarios dispensadas por el Sistema Nacional de Salud (SNS), también conocido como Seguridad Social, podrán ser reclamadas a las entidades aseguradoras de aquellas personas físicas que, tras solicitar asistencia en una clínica privada -bajo la cobertura de un seguro médico- y sin que haya constancia de que dicha clínica manifestara a los pacientes que la asistencia sanitaria que requerían no tenía cobertura en su póliza de seguro; hubiesen sido trasladado por dicha clínica privada a un centro del SERGAS (Seguridad Social).

En definitiva, la sentencia permite reconocer la condición de usuario privado del SNS a la citada aseguradora y, por consiguiente, la de obligado a soportar la facturación de la asistencia sanitaria dispensada, a su instancia.

Por ello la derivación indebida de pacientes al SNS por las aseguradoras privadas les hace responsables del pago del precio único como usuario indirecto.

Espero que encontréis la información de interés y utilidad y desde CECA MAGÁN abogados quedamos a vuestra disposición para comentar este asunto.

En nuestro equipo contamos con la socia, Paula Gámez, especialista en el área tributaria en el sector asegurador.

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Segunda Sentencia núm. 170/2019
Fecha de sentencia: 13/02/2019
Tipo de procedimiento: R. CASACIÓN
Número del procedimiento: 2770/2017

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