Patricia Rosell, socia del área de litigación, publica en ON Economía su tribuna de opinión sobre el uso de la tecnología en la administración pública y cómo puede ser esta un impedimento para recibir correctamente las notificaciones.
Nuestra abogada procesalista se refiere en su texto a las "medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo", las cuales incluyen las notificaciones de primera citación o emplazamiento a empresas "a través de medios electrónicos y para el caso en que transcurran tres días sin que el destinatario acceda a su contenido, la comunicación se publicará por la vía del tablón edictal judicial único".
Es decir, si no se están revisando asiduamente las plataformas de la administración, puede llegar a darse el caso de que no se tenga conocimiento de haber recibido estas notificaciones.
Como apunta nuestra experta litigadora: "el demandado al que se le ha notificado, el juzgado correspondiente lo da por emplazado y si este no contesta a la demanda, se le declara en rebeldía. En definitiva, continua el procedimiento sin él, causándole la correspondiente indefensión".
Por ello, reflexiona: "sin dotación de los medios necesarios, se van a producir indefensiones, de modo que el objetivo principal de conseguir eficiencia procesal y digital puede convertirse en una mayor ralentización".
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