Tribuna de opinión: ¿Cuáles son los permisos laborales para ir a votar el 23J?

Àlex Santacana, socio del área laboral, publica su tribuna de opinión en ON Economía en la que cuenta cuáles son los permisos laborales para ir a votar el próximo domingo 23 de julio. 

Nuestro abogado laboralista explica que "las empresas tienen la obligación de conceder a las personas trabajadoras permisos para poder ir a votar. Un permiso de hasta cuatro horas dentro de la jornada laboral que les corresponda, incluidas las que presten sus servicios dentro del sector público, que tengan la condición de electores y que no disfruten de día festivo en esta fecha".

Ahora bien, Santacana matiza que la adaptación del permiso dependerá de la jornada que se tenga y cuál sea el horario. Por ejemplo, si la jornada laboral coincide como máximo dos horas con la apertura de los colegios electorales, entonces, "no hay que conceder el permiso mencionado".

Además, nuestro experto añade sobre los permisos para ir a votar que "la determinación del momento de utilización de las horas concedidas para la votación es potestad de la empresa".

Si desea ampliar la presente información, no dude en ponerse en contacto con nuestro despacho llamando al 91.345.48.25 o bien enviando un email a info@cecamagan.com.