Desde hace unos años, los expertos del sector legal observan cómo existe una tendencia al alza entre personas mayores que inician los trámites pertinentes para desheredar a sus hijos. Las consultas sobre este tipo de procedimientos se han disparado en los últimos meses, coincidiendo con la crisis sanitaria del Covid-19. Algunas de las causas que propician esta decisión son la falta de afecto y la ausencia de relación entre padres e hijos. Sin embargo, el procedimiento para desheredar a un hijo no es fácil.
En declaraciones a Cadena Ser, nuestra compañera Susana Perales, Directora en el área de Litigación y Arbitraje, señala: “Cuando una persona quiere desheredar a un hijo o a un descendiente tiene que otorgar un testamento en el que tiene que establecer expresamente que deshereda a ese hijo e indicar la causa de desheredación. Las causas de desheredación son las que establece el Código Civil y están muy limitadas. Estamos hablando de una denegación de alimentos, de injurias, de atribuir un delito, y finalmente, tenemos la causa que está usando todo el mundo: el maltrato de obra. El maltrato de obra, no entendido como una agresión física, sino como un maltrato psicológico, entendiendo como tal la falta de relación“.
Cuestionada sobre si las herencias son realmente un punto de conflicto en las familias, Perales añade: “Hay familias que parecen felices y unidas y, desgraciadamente, fallece uno de los padres, que a lo mejor ha sido el vínculo que los ha mantenido a todos unidos, y cuando de repente leen el testamento, empiezan unas discusiones y aparecen tensiones, rencillas…”.
Finalmente, en relación a la idoneidad o no de dejar testamento, Susana sentencia: “En mi opinión, es muy importante que la gente deje otorgado testamento. Es un trámite muy sencillo, tiene un coste mínimo… […] Y de esa manera dejas ordenadas todas las cosas. Si falleces y no has otorgado testamento, obligas a tus herederos a que lo primero que tienen que hacer antes de acometer la herencia en sí, es a realizar una declaración de herederos ante notario. Al final son muchos trámites y muchos gastos. Y creo que siempre es recomendable otorgar un testamento sencillo, dejar las cosas repartidas de la forma habitual. Genera menos tensiones”.
Si desea ampliar la presente información, no dude en ponerse en contacto con nuestro despacho llamando al 91.345.48.25 o bien enviando un email a info@cecamagan.com.