Alberto Novoa, socio del área laboral, explica cómo se establece el permiso de paternidad en el programa Hoy por Hoy Madrid de Cadena SER. Responde a dudas como el periodo obligatorio de disfrute o cómo se solicita o se pacta el periodo con la empresa. En este asunto entra en juego el peso de la corresponsabilidad en el nacimiento y cuidado de los hijos.
Nuestro abogado experto laboralista comenta: "lo que inicialmente se concebía como un derecho del padre, ahora ya se concibe como una obligación, precisamente por ese principio de la corresponsabilidad. [...] Hay seis semanas que comienzan en la fecha del parto, que deben disfrutarse obligatoriamente de forma ininterrumpida. Las 10 semanas posteriores se pueden disfrutar en períodos semanales de forma acumulada o ininterrumpida, siempre y cuando se haga antes de que la criatura cumpla los 12 meses de edad."
Sobre si se hace realmente uso de este permiso de paternidad y se facilita en la empresa, Novoa apunta: "Normalmente las empresas ya están asumiendo, e incluso con cierta seriedad, la importancia que tienen estos estos derechos, los permisos y normas. Y la tendencia es que hay una mayor sensibilidad a facilitar el disfrute a los trabajadores".
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