Enrique Ceca, socio del área laboral, aborda un nuevo caso en el Consultorio Laboral de El Confidencial. En esta ocasión, analiza la situación de un autónomo que, tras presentar un ERTE y pedir la prestación por desempleo, ha visto denegada dicha prestación por haber solicitado un aplazamiento y no el pago total de la deuda que mantiene con la Seguridad Social. ¿Qué se puede hacer en estos casos?
Como apunta Enrique, “según la jurisprudencia, las cuotas que estén aplazadas pueden computarse siempre que el aplazamiento haya sido concedido antes del hecho causante. Por el contrario, una vez producido el hecho causante de la prestación, la concesión del aplazamiento de las cuotas debidas no puede servir para suplir la falta anterior”.
“Por lo tanto, de haber solicitado el aplazamiento con posterioridad al momento en el que pudiste solicitar el desempleo, a pesar de que te hayan concedido el aplazamiento, es legal que se te deniegue la prestación por desempleo”, concluye.
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