Visado de residencia por inversión en España: Golden Visa

Visado de residencia por inversión en España: Golden Visa
8 Abr 2021

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Del mismo modo que ocurre en algunos países de nuestro entorno, los ciudadanos extracomunitarios pueden obtener el visado o autorización de residencia en España mediante la inversión de capital en nuestro país.

Esta medida fue introducida en el contexto de la crisis económica de 2008-2014 por la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización con el propósito de atraer la inversión y talento de ciudadanos extranjeros.

Si bien es cierto que la denominada “Golden Visa” no se encuentra exenta de polémica, desde su aparición, multitud de ciudadanos de diferentes estados se han beneficiado de la misma. Ello ha permitido la obtención del visado o autorización de residencia no solamente para el inversor, sino también para su familia, en condiciones sustancialmente más beneficiosas que las habituales.

VENTAJAS DE LA “GOLDEN VISA

La principal ventaja de la obtención del visado de residencia por inversión en España, frente a otros modos, es la posibilidad de su conservación independientemente del tiempo de permanencia de la persona beneficiaria en territorio nacional. Y es que la normativa que la regula permite su renovación incluso en aquellos casos en los que se produzcan ausencias superiores a seis meses al año

El segundo factor en el que radica el interés por la “Golden Visa” es que permite que el inversor resida en España acompañado de su familia, evitándose de este modo el fenómeno de dispersión familiar que habitualmente caracteriza y dificulta los desplazamientos internacionales. En este sentido, es posible la obtención del visado de residencia para el cónyuge y los hijos menores de 18 años, o mayores de edad que no sean objetivamente capaces de proveer sus propias necesidades debido a su estado de salud.

Asimismo, este visado faculta a sus titulares para viajar a cualquiera de los 26 países que forman parte del espacio Schengen sin necesidad de ningún trámite adicional.

Por último, conviene hacer referencia la agilidad de su tramitación, siendo su plazo máximo de resolución de 20 días, y entendiéndose estimada la solicitud por silencio administrativo si en dicho plazo no ha recaído sobre la misma una resolución expresa.

REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN DEL VISADO DE RESIDENCIA POR INVERSIÓN EN ESPAÑA

El requisito fundamental para la obtención de la “Golden Visa” es la realización de una inversión significativa de capital en España. Las inversiones consideradas significativas se dividen en tres tipos según su objeto, difiriendo igualmente sus condiciones:

  1. Inversiones financieras.

 Para que la inversión en activos financieros sea considerada significativa y, por ende, idónea para la obtención de “Golden Visa”, ha de tener un valor igual o superior a alguna de las cifras siguientes:

  • Dos millones de euros en títulos de deuda pública española;
  • Un millón de euros en acciones o participaciones sociales de sociedades de capital españolas con una actividad real de negocio;
  • Un millón de euros en fondos de inversión, fondos de inversión de carácter cerrado o fondos de capital riesgo constituidos en España; o
  • Un millón de euros en depósitos bancarios en entidades financieras españolas.
  1. Inversiones en activos inmobiliarios.

La adquisición de bienes inmuebles en España idónea para este fin exige una inversión igual o superior a 500.000 euros. Esta inversión no se limita a la adquisición por compraventa, siendo igualmente válida la adquisición por construcción de obra nueva.

  1. Inversiones en proyectos empresariales.

Por último, se consideran significativas las inversiones en proyectos empresariales que vayan a ser desarrollados en España, siempre que sean considerados y acreditados de interés general. Para que el proyecto sea considerado de ese modo, ha de cumplirse alguno de los siguientes requisitos:

  • Creación de puestos de trabajo;
  • Realización de una inversión con impacto socioeconómico de relevancia en el ámbito geográfico en el que se vaya a desarrollar la actividad; o
  • Aportación relevante a la innovación científica y/o tecnológica.

Por cuanto respecta al inversor, ha de tenerse en cuenta que este concepto no se limita únicamente a las personas físicas, sino que comprende igualmente a las personas jurídicas, siempre y cuando estas últimas cumplan con las siguientes condiciones:

  1. Domicilio: necesariamente, ha de estar domiciliada en un territorio que no tenga la consideración de paraíso fiscal conforme a la normativa española.
  2. Titularidad: el solicitante del visado ha de ostentar, directa o indirectamente, la mayoría de sus derechos de voto y la facultad de nombrar o destituir a la mayoría de los miembros de su órgano de administración.

Además de lo anterior, para la obtención del visado de residencia por inversión en España es necesario acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos generales:

  1. No encontrarse irregularmente en territorio español.
  2. Ser mayor de 18 años.
  3. Carecer de antecedentes penales en España y en los países donde haya residido durante los últimos cinco años, por delitos previstos en el ordenamiento jurídico español.
  4. No figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
  5. Contar con un seguro público o un seguro privado de enfermedad concertado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España.
  6. Contar con recursos económicos suficientes para sí y para los miembros de su familia durante su periodo de residencia en España.
  7. Abonar la tasa por tramitación de la autorización o visado.

En conclusión, la obtención del visado de residencia por inversión en España constituye una forma más rápida y simple de acceder a ella para aquellas personas interesadas en realizar una inversión sustancial en nuestro país. Es precisamente esta facilidad en la obtención y mantenimiento la que ha motivado que, del mismo modo que sucedió en países como Portugal o Francia, un gran número de personas se hayan beneficiado ya de la misma.

Para adecuar su caso a la normativa y hacer el proceso lo más ligero posible, es indispensable contar con abogados expertos en Golden visa y obtención de residencia por inversión, tanto en España como en el extranjero. Puede contactar con nuestros abogados aquí.

Clara Alonso

Área Laboral