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En España, existen varias formas de obtener la nacionalidad española. Y entre varias modalidades de acceso, se encuentra la carta de naturaleza. Esta se trata de una vía excepcional, ya que, a diferencia de otras formas de adquirir la nacionalidad, como la residencia o el matrimonio, la carta de naturaleza se otorga discrecionalmente por el Gobierno mediante Real Decreto, atendiendo a circunstancias excepcionales. Por tanto, es un instrumento dentro del marco jurídico español que permite al ejecutivo reconocer a personas que han realizado contribuciones excepcionales al país, o que se encuentran en situaciones especiales de necesidad.
La carta de naturaleza no tiene requisitos preestablecidos y no está sujeta a las normas generales del procedimiento administrativo, lo que la distingue de otros procedimientos como la nacionalidad por residencia, que exige un número determinado de años viviendo en España y está sometido a un proceso específico. En este sentido, es un mecanismo que permite que una persona pueda convertirse en ciudadano español sin necesidad de cumplir los requisitos ordinarios. Al ser un acto discrecional, su concesión depende de la valoración de cada caso específico, debiendo el solicitante presentar razones excepcionales que justifiquen la necesidad o conveniencia de adquirir la nacionalidad española de manera acelerada.
¿Quién puede solicitar la carta de naturaleza?
Tal y como se desprende de lo anterior, no todo el mundo puede optar a la adquisición de la nacionalidad española a través de la carta de naturaleza, ya que es necesario que concurran circunstancias excepcionales. Conviene señalar que no existe una normativa que proporcione claridad sobre los criterios específicos utilizados para evaluar dicha concurrencia.
No obstante, estas situaciones extraordinarias son de diversa índole y naturaleza. Por ejemplo, en 2023 se otorgaron 108 cartas de naturaleza, de las cuales 98 fueron concedidas por motivos humanitarios, 8 a deportistas de alto nivel, y las restantes a un exministro de justicia y a un alto cargo de la banca de inversión, respectivamente. Esto demuestra que dichas circunstancias no están tasadas y pueden abarcar desde deportistas, empresarios, miembros del ejército, científicos, o juristas, hasta cuestiones humanitarias, culturales, políticas y diplomáticas, entre otros.
De hecho, uno de los casos más sonados este último año ha sido el del campeón mundial de peso pluma de la UFC, Ilia Topuria. El luchador georgiano, que comenzó a entrenar en España a los 15 años, ha construido su carrera deportiva en suelo español, representando al país en numerosas competiciones internacionales. En reconocimiento a su trayectoria y a la vinculación que ha mantenido con España durante su vida, se le otorgó la nacionalidad española por carta de naturaleza, permitiéndole adquirir la ciudadanía sin necesidad de cumplir los trámites ordinarios.
No obstante, Ilia Topuria no es el único que ha accedido a la nacionalidad española por esta vía. Otros nombres destacados que también han obtenido la ciudadanía por carta de naturaleza incluyen al jugador de baloncesto Lorenzo Brown, el pianista y escritor James Rhodes, el atleta olímpico Javier Sotomayor y el actor y director Jorge Perugorría. Estas figuras, provenientes de distintos ámbitos, han sido reconocidas por sus contribuciones y vínculos con España, demostrando la diversidad de motivos por los que se puede acceder a la nacionalidad mediante este procedimiento excepcional.
¿Cuál es el procedimiento para solicitar la carta de naturaleza?
El procedimiento para solicitar la carta de naturaleza es sencillo, aunque requiere seguir ciertos pasos específicos. En primer lugar, la persona interesada debe presentar una solicitud formal dirigida al Ministerio de Justicia, exponiendo las razones excepcionales que justifican su petición. La solicitud debe ir acompañada de documentación que acredite dichas circunstancias, como pueden ser logros deportivos, científicos, culturales, o situaciones humanitarias o políticas relevantes.
La solicitud puede ser presentada por la persona interesada, siempre que sea mayor de 18 años o esté emancipada. En el caso de personas mayores de 14 años, deben estar asistidas por su representante legal y, si el solicitante es menor de 14 años, su representante legal debe encargarse de la solicitud. Para personas incapacitadas, la presentación puede hacerla la propia persona o su representante legal, de acuerdo con lo que disponga la sentencia de incapacitación.
Una vez presentada la solicitud, el Ministerio de Justicia inicia un proceso de revisión que incluye la recopilación de informes de diversas autoridades, como la Dirección General de la Policía y, en algunos casos, del Ministerio de Asuntos Exteriores. Esta fase es crucial para valorar si existen motivos suficientes para conceder la nacionalidad por carta de naturaleza.
Finalmente, el expediente es elevado al Consejo de Ministros, quien tiene la última palabra. Si el Gobierno considera que las circunstancias justifican la concesión, se publica un Real Decreto en el Boletín Oficial del Estado, otorgando la nacionalidad. Tras la concesión, el solicitante debe jurar fidelidad a la Constitución y las leyes españolas para completar el proceso.
Este procedimiento, al ser discrecional, no tiene un plazo definido para su resolución, ya que cada caso se estudia de manera individual.
¿Qué efectos tiene la concesión de la carta de naturaleza?
Es importante recordar que la concesión de la carta de naturaleza es una medida de carácter graciable, considerada como un privilegio, y no un derecho en sí mismo. No obstante, una vez concedida, la carta de naturaleza otorga a la persona los mismos derechos y responsabilidades que la nacionalidad obtenida por otros medios. Por tanto, la carta de naturaleza, integra completamente al individuo en el tejido social y legal de España, permitiéndole disfrutar de todas las prerrogativas y responsabilidades asociadas con la ciudadanía.
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