La importancia de los Métodos Adecuados de Solución de Conflictos (MASC) en la empresa familiar

La importancia de los Métodos Adecuados de Solución de Conflictos (MASC) en la empresa familiar, por CECA MAGÁN Abogados
7 Abr 2025

La forma de gestionar conflictos tanto en el mundo empresarial como en el plano personal siempre ha tenido una importancia vital. Por ello, en las empresas familiares, en las que los lazos personales y las relaciones empresariales están interrelacionadas, la forma en la que sus miembros enfoquen la gestión de sus conflictos puede marcar la diferencia tanto en la armonía familiar como en la supervivencia y continuidad de la empresa.

Ello cobra especial relevancia a partir del 3 de abril, fecha en la que entra en vigor la Ley Orgánica 1/2025 (“LO”) que impone a las partes en conflicto acudir a un Método Adecuado o Alternativo de Solución de Conflictos (MASC) como requisito previo al acceso a la vía judicial.

En este contexto es recomendable que las empresas familiares prevean de antemano a qué MASC acudirán en el caso de que surja un potencial conflicto, para lo que se hace imprescindible conocer y comprender en qué consiste cada MASC al alcance de las partes.

Debemos adelantar que la LO no se refiere al arbitraje (y, por tanto, tampoco lo haremos en este artículo), dado que, aunque es el MASC por antonomasia al ser el único en el que la solución viene impuesta necesariamente por un tercero (y, en consecuencia, es el único MASC que realmente sustituye a la vía judicial), la LO se refiere solo a aquellos que preceden a la vía judicial. 

Tipos de MASC según la Ley Orgánica 1/2025

La LO contempla diversos MASC y deja la vía abierta para que tanto el Estado como las comunidades autónomas puedan regular en el futuro otros métodos de resolución de conflictos.

En este artículo haremos una breve referencia a aquellos que se mencionan en la referida ley, diferenciándolos entre aquellos en los que es necesaria la intervención de un tercero neutral y aquellos que pueden ser llevados a cabo directamente por las partes:

MASC en los que interviene un tercero neutral

  • Mediación: un tercero neutral e imparcial (mediador) facilita la comunicación y ayuda a las partes enfrentadas a acercar posturas, sin hacer propuestas de solución.
  • Conciliación: Similar a la mediación, pero el conciliador sí hace propuestas a las partes para alcanzar una solución. 
  • Opinión de un experto independiente: un profesional con conocimientos especializados emite un dictamen, que no será vinculante para las partes. Este dictamen podrá ayudar a las partes en conflicto a conocer cuál podría ser el criterio de un experto y, en consecuencia, podrán reparar en que su posición ante el conflicto puede tener aristas que les haga ver las bondades de alcanzar una solución consensuada.
  • Procesos de Derecho colaborativo: supone una negociación en equipo entre las dos partes enfrentadas y sus abogados, que deberán estar acreditados en derecho colaborativo y que deberán renunciar de forma expresa a llevar el asunto en la vía judicial en caso de que no sean capaces de llegar a un acuerdo.

MASC sin intervención de un tercero

  • Oferta vinculante confidencial: Una de las partes emite una propuesta de solución, de manera confidencial, que será vinculante si la otra parte la acepta. Si la cuantía es superior a 2.000 €, será preceptiva la asistencia letrada.
  • Negociación directa: Las partes involucradas negocian directamente o a través de sus abogados para alcanzar un acuerdo sin la intervención de terceros.

En el caso de que no se consiga alcanzar una solución con el uso de estos MASC, las partes en conflicto podrán acudir a la vía judicial, pero, para ello, deberán haber cumplido con determinados requisitos que contempla la LO, por lo que es muy aconsejable que, ante un potencial conflicto, se recabe asesoramiento de un experto en la materia incluso antes de iniciar el MASC.

MASC más aconsejables para la empresa familiar

Aunque la LO regula por primera vez la obligatoriedad de acudir a los MASC, la realidad es que estos existen desde antaño y siempre han tenido una importancia capital en la resolución de conflictos en las empresas familiares, en las que siempre han destacado la mediación (a la que en muchas ocasiones se acude, no sólo para solucionar un conflicto, sino para fortalecer las relaciones personales y, con ello, el buen funcionamiento de la empresa familiar) y la conciliación. 

Este último puede llevarse a cabo ante el Consejo de Familia o cualquier persona de confianza de la empresa familiar, que suele designar a una persona de autoridad para los miembros de la empresa familiar, cuyos criterios y opiniones siempre tienen en consideración.

Implementación de los MASC en la empresa familiar

La figura más típica para regular las relaciones de la empresa con la familia es el Protocolo Familiar. No obstante, no en todas las empresas familiares está indicada la implantación de un protocolo familiar (ya sea por número de miembros, por ser primera generación, etc.), lo que no excluye acudir a fórmulas más sencillas, como un pacto de socios que se limite a regular la forma de solucionar los potenciales conflictos.

Por tanto, ya sea por medio del protocolo familiar o por pacto de socios, es aconsejable incorporar cláusulas dirigidas a la forma de gestionar los conflictos que puedan surgir en el seno de la empresa familiar. 

La forma de establecer estos MASC puede ser muy variada, pudiendo incorporar cláusulas escalonadas -esto es, acudiendo a sucesivos métodos en caso de que el primero de ellos no funcione- o, incluso cláusulas híbridas o mixtas, decidiendo un método u otro en función de la naturaleza del conflicto a resolver.

Beneficios de los MASC para la empresa familiar 

La implementación de los MASC en la empresa familiar ofrece múltiples ventajas. Por un lado, ayudan a preservar las relaciones personales, lo que acaba redundando en beneficio de la propia empresa. Así, cuando las partes en conflicto en vez de acudir a un MASC acuden a la vía judicial, las relaciones terminan por romperse al completo, siendo ya muy difícil recuperar esa relación, lo que, en numerosas ocasiones, desemboca en la pérdida de viabilidad de la empresa familiar.

Por otro lado, los MASC son más ágiles y eficientes, pues son totalmente flexibles, y, de tener éxito en el MASC, se accede mucho más rápido a la solución del conflicto, la cual puede ser mucho más satisfactoria y ajustada a las pretensiones reales de las partes, pues cuando se acude a la vía judicial, la solución debe estar fundada en derecho y, en consecuencia, hay pretensiones que no se pueden ejercitar dentro del procedimiento judicial sino que se ejercitan como mero instrumento de presión para conseguir un fin distinto (por ejemplo, impugnaciones de acuerdos sociales que en realidad persiguen la desvinculación de un socio de la empresa familiar y no la nulidad del acuerdo en sí).

Por último, no podemos perder de vista que los MASC son confidenciales, lo que hace que sean unos métodos muy recomendables para las empresas familiares, donde la confidencialidad y la discreción son unas características muy valiosas.

En definitiva, acudir a los MASC no solo es aconsejable, sino que, desde el 3 de abril es obligatorio, salvo para aquellas empresas familiares que hayan decidido resolver sus controversias a través del arbitraje, donde no será necesario acudir a otro MASC previo, por muy aconsejable que pueda resultar.

En cualquier caso, es fundamental que las empresas familiares se preparen ante esta nueva realidad, incorporando los MASC y sensibilizando a los miembros de la familia de la necesidad de encontrar soluciones consensuadas a través del MASC que sea más adecuado para cada caso y, sobre todo, de que, a partir de ahora, es inevitable el uso de los MASC antes de acudir a la vía judicial, lo que hace muy aconsejable contar con asesoramiento experto en la materia que pueda informar y sensibilizar a los miembros de la empresa familiar sobre la naturaleza, características, beneficios y consecuencias de cada uno de los MASC y les ayude a escoger el/los método/s más idóneo/s en función de las circunstancias.

Nuestro grupo de abogados expertos en la materia puede ayudarte a gestionar los conflictos de tu empresa familiar, asesorándote en todo el proceso de los MASC. Contacta con ellos aquí.

Patricia Martínez – Grupo Empresa Familiar

Directora en el área de litigación y arbitraje

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