Black Friday: cuidado con las reglas de tributación en el IVA en los ecommerce

Black Friday: cuidado con las reglas de tributación en el IVA en los ecommerce
24 Nov 2021

Tabla de contenidos

El Black Friday es uno de los días mas esperados por los comercios, especialmente por las tiendas online. Los usuarios aprovechan los descuentos agresivos para buscar sus regalos de Navidad. El impulso del ecommerce durante la pandemia hace que haya mas oferta, nuevos vendedores que se han lanzado a crear sus negocios en el entorno digital. Tras el aumento de ventas que, seguro, tendrán estos días y en la campaña navideña, no está de mas recordar cuáles son las nuevas reglas de tributación en el IVA que Hacienda impone al comercio electrónico.

El pasado mes de abril se aprobó el Real Decreto-ley 7/2021, de 27 de abril, por el que se transpusieron a la normativa española las nuevas reglas de IVA en el comercio electrónico, que son aplicables desde el pasado 1 de julio de 2021 y que no debemos olvidar con el incremento de las ventas durante el Black Friday, especialmente con el cierre del año cerca.

El crecimiento del comercio “online” es imparable y se estima que en 2024 el 95% de las compras se harán en línea. Así, según la CNMC, solo en España, estas transacciones superaron los 48.800 millones de euros en 2019, un 25% más que el año anterior, mientras que en 2020 se superaron los 51.600 millones de euros.

En este escenario, el legislador ha implementado una importante reforma en la regulación del IVA, a las que, además, venía obligado por las Directivas (UE) 2017/2455 del Consejo, de 5 de diciembre de 2017 y 2019/1995 del Consejo de 21 de noviembre de 2019. 

¿Cuáles son los objetivos de estas nuevas reglas de tributación?

Los objetivos generales de este conjunto de reglas son la consolidación del principio de tributación en destino de las operaciones transfronterizas y la reducción de la “brecha del IVA”. Las mismas configuran una iniciativa clave en el contexto del Mercado Único Digital y la Comisión de la Unión Europea les ha dedicado dos Directivas y cuatro Reglamentos. 

Para conseguir estos objetivos generales, estas nuevas reglas para el ecommerce persiguen:

  1. La armonización de criterios dentro de la Unión Europea;
  2. Ayudar a las empresas emergentes que quieren ampliar su mercado a través del canal digital mediante la simplificación de los costes de gestión del impuesto;
  3. Mejorar la cooperación y el intercambio de información entre los Estados miembro mediante el uso de herramientas digitales para la gestión del impuesto; 
  4. Eliminar las desventajas competitivas de las empresas de la Unión Europea frente a los proveedores de terceros países; e
  5. Involucrar a las interfaces digitales.

¿Cuáles son las principales medidas adoptadas para la consecución de los anteriores objetivos?

En líneas generales, las medidas adoptadas para beneficio de los ecommerce consisten en:

  1. Reforma del actual régimen de ventas a distancia (i.e. adquirentes consumidores finales); dichas ventas pasarán a tributar en el Estado miembro de destino siempre y cuando el vendedor haya realizado ventas con destino a otros Estados miembro por importe que exceda de 10.000 (este umbral pasa a ser común para todos los Estados miembro); 
  2.  Ampliación del mecanismo de ventanilla única a las compras “online” realizadas por consumidores finales cuando se envían desde otro Estado miembro o desde un territorio tercero (este sistema consiste en que los empresarios podrán declarar e ingresar el IVA en el Estado miembro en el que estén establecidos o identificados con independencia de los Estados miembro en los que realicen transacciones transfronterizas “online”);
  3. Eliminación de la exención para importaciones de pequeños envíos procedentes de países o territorios terceros, a la par que se introduce un procedimiento simplificado para la declaración e ingreso de bienes procedentes de dichos territorios cuyo valor intrínseco no exceda de 150 euros (aplicable siempre que los destinatarios sean consumidores finales);
  4. Las interfaces digitales (i.e. plataformas, mercados en línea, etc.) estarán obligadas a recaudar e ingresar el IVA cuando faciliten el suministro de los siguientes bienes: i) bienes importados de terceros países por valor inferior a 150 euros; y ii) entrega de bienes dentro de la Comunidad por parte de un sujeto pasivo no establecido en la Comunidad cuyo destinatario sea un consumidor final; 
  5. Establecimiento de nuevas obligaciones de registro para los sujetos pasivos, incluidas las interfaces digitales;
  6. Adopción de normas y procedimientos para el intercambio, por vía electrónica, de información relativa al IVA entre las Administraciones tributarias de los Estados miembros.

Para la implementación de las anteriores medidas, se han establecido nuevas reglas de localización, nuevas exenciones y nuevos regímenes especiales – el “Régimen interior de la Unión”, el “Régimen exterior de la Unión” y el “Régimen de Importación”. 

Por todo esto, la recomendación, ante un aumento significativo de ventas en Black Friday y la seguridad de cuadrar las cuentas anuales, es que consultéis a abogados tributarios expertos para evitar problemas futuros. Puede contactar con nuestro equipo aquí.
 

Paula Gámez y José García

Socia y abogado del área tributario

Añadir nuevo comentario