Fuente: Google
Si nos preguntaran qué banda sonora pondríamos a nuestra vida, seguramente que al instante encontraríamos varias canciones o melodías que se adaptarían fielmente a nuestros recuerdos y que, por el simple hecho de escuchar varios acordes allí donde estemos, nos trasladarían en un segundo a ese momento especial, a la compañía de esa persona apreciada o a esa sensación que nuestro cerebro ha registrado a fuego en nuestra memoria cambiando con ello nuestro estado de ánimo o, por qué no, evadiéndonos de la realidad.
Dentro del proceso de elaboración de un álbum (en el que se contienen una media de diez a doce “pistas” o canciones), hay un trabajo de una cadena de intervinientes: el artista intérprete o ejecutante, el compositor (de letra o música), el manager (que descubre y representa al artista encargándose de sus contrataciones, incorporándole en un circuito de “bolos” o conciertos), el productor (que pone los medios técnicos y artísticos para la grabación), la discográfica (que edita, reproduce, distribuye y comercializa el álbum en el mercado posicionándolo con el trabajo de su departamento promocional, comercial, marketing etc.). Es decir, se activa un engranaje de relaciones contractuales, compuesto por vínculos civiles, laborales, mercantiles donde la Ley de Propiedad Intelectual tiene especial presencia y donde la figura del abogado es imprescindible: contratos de artistas, contratos de producción, contratos de cesión para que el “sencillo” sea incluido en el recopilatorio de aquella compañía, contratos de colaboración para que ese dúo estrella participe en ese concierto memorable, contratos de sincronización para que en el spot de ese refresco suene esa música e impacte comercialmente… ¡Y eso no es más que la punta del iceberg!
Si nos sumergimos y cambiamos de enfoque poniéndonos del lado del artista, bien sea artista, intérprete, ejecutante o compositor, las relaciones jurídicas siguen creciendo, tocando ahora el derecho público: registro de partituras y nombres comerciales, contratos con ayuntamientos, relaciones con SGAE, liquidaciones de derechos de autor, cotizaciones en el Régimen Semi-Especial de la Seguridad Social,…. y así, caminando de la mano de la diosa Atenea, continuamos creando nuevas relaciones jurídicas, llegando incluso a realizar una verdadera labor de I+D cuando el derecho se topa con el desarrollo tecnológico, siempre unos pasos por delante del nuestro.
Vivimos en la era digital, donde nuestra “obra”, nuestra canción, básicamente, se pierde, buceando y cambiando de oídos en ese mar aún pendiente de explorar que es internet, y donde nuestra parca Ley de Propiedad Intelectual (aprobada por RD Legislativo 1/1996, de 12 de abril) tiene aún mucho campo que regular en lo relativo a derechos de autor, copia privada y canon digital. El “top manta” ya es cosa del pasado. Hoy el monstruo de la piratería es un ente que nadie conoce a ciencia cierta y que pone en peligro todo ese mecanismo mencionado anteriormente, eliminando alguno de los eslabones necesarios de esa cadena de producción, empobreciendo con ello los recursos y limitando por ende la labor artística….Y habrá que preguntarse ¿Quién querrá dedicarse a ello?, ¿Estarán nuestros artistas dispuestos a mal ganarse la vida? Por fortuna, los artistas (en su amplio sentido) y todos los que intervienen en ese proceso maravilloso de “hacer música” seguirán con su labor creativa al margen de los avatares legales y, aunque es probable que la nueva LPI logre frenar algunos abusos en la red, quizás sea necesario también educar a los jóvenes/usuarios/amantes de la música, mostrándoles e informándoles de todo lo que hay detrás de su canción preferida antes de “piratearla” sin pedir permiso. Quizás solucionaríamos parte del problema con la concienciación, incluyendo en los temarios escolares la reciente Sentencia caso “Svensson” del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea o comentando en clases de filosofía las palabras de F. Nietzsche: “Sin música la vida sería un error”, pero esto ya sería objeto de otro artículo.
Carmen González Tovar
Ceca Magán Abogados
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