Los paros en el transporte pueden acarrear consecuencias legales en el ámbito laboral para la patronal que los ha convocado. Todo depende de cómo avancen las negociaciones y las medidas que el Gobierno acepte aplicar.
Alberto Novoa, socio del área laboral, en declaraciones a Cinco Días explica que para que la negociación llegue a buen puerto, se deben acordar puntos como “la prohibición de que los conductores realicen la carga y descarga de camiones, que no se implante el sistema de peaje aplicable a los vehículos pesados en determinadas vías o la aplicación obligatoria de la cláusula de revisión del coste del combustible y la construcción de áreas de descanso seguras”.
Por su parte, Agustín Benavent, Counsel en el área laboral, también comenta sobre los paros en el transporte: ”los empresarios no tienen reconocido un derecho de huelga, ni tan siquiera de un cierre empresarial como respuesta defensiva al ejercicio del derecho de huelga de los trabajadores”. Por lo tanto, “no pueden aplicárseles las medidas previstas en la legislación laboral para garantizar la prestación de servicios”.
Estos paros y la amenaza de huelga convocada para los días 20, 21 y 22 afectarán a la campaña navideña. Novoa añade que incluso los propios empresarios promotores de los paros en el transporte “serán los primeros que soportarán las consecuencias económicas por la falta de actividad, que, en ningún caso, podrán repercutir sobre sus trabajadores, a los que tienen la obligación de dar ocupación efectiva”.
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