¿Están todas las empresas obligadas a subir anualmente los salarios según el IPC?

¿Están todas las empresas obligadas a subir anualmente los salarios según el IPC? Artículo de CECA MAGÁN Abogados
4 Ene 2024

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En primer lugar, es preciso identificar que, por IPC entendemos el identificador utilizado para medir la evolución de los precios de los bienes y servicios que consumen las familias, es decir, sirve para analizar el incremento del coste de vida.

Dicho lo anterior, resulta frecuente que, cuando se acerca finales de año, los medios informativos se hagan eco de titulares como los siguientes: “Qué es el IPC y cómo afecta su subida a mi nómina”, “Cuánto ganará en 2024”.

Titulares como los anteriores generan numerosos interrogantes, siendo frecuente que nuestros clientes nos consulten si les es de aplicación la subida del IPC en lo relativo a sus salarios y si deben aplicar o no este tipo de subidas en sus empresas.

Pues bien, la respuesta es NO, no todas las empresas están obligadas a subir los salarios de sus empleados conforme a las subidas que pueda sufrir el IPC.

¿Qué empresas están obligadas a subir el salario?

A fecha presente, las únicas empresas que vienen obligadas a realizar incrementos salariales de conformidad con los incrementos del IPC son aquellas en cuyos Convenios colectivos de aplicación, ya sean estos de ámbito empresarial o sectorial, se establece tal obligatoriedad. 

Cabe la posibilidad de que se den otras circunstancias que obliguen a la actualización de salarios conforme a las subidas del IPC, pero estas son cuanto menos residuales y mucho menos frecuentes. Entre estas circunstancias podríamos citar, por ejemplo, las siguientes: (i) Que se viniesen realizando subidas anuales de los salarios de conformidad con el IPC como condición más beneficiosa; (ii) Que se hubiese acordado la subida salarial según la subida del IPC mediante pacto colectivo con la representación legal de las personas trabajadoras; (iii) etc.

Así, de no resultar de aplicación un Convenio en el que se fije la subida de los salarios conforme al incremento del IPC u alguna otra de las circunstancias residuales anteriormente mencionadas, las Empresas no vendrán obligadas a adecuar los salarios de sus empleados conforme a dichos incrementos.

Por último, es preciso mencionar que, según la redacción que pudiese venir dada en el Convenio cabría la posibilidad de que hubiese personal que resultándole de aplicación el mismo Convenio viese incrementado su salario de conformidad con la subida del IPC y hubiese personal al que no le afectase dicha subida o, que en caso de afectarle dicha subida esta no se viese materializada en un incremento de su poder adquisitivo.

Subida de salario por IPC y los Convenios

¿Cómo es posible que un Convenio prevea la subida de salarios conforme a los incrementos del IPC y el salario a percibir por un empleado siga siendo el mismo?

Pues mediante la figura de la compensación y absorción que permite que, en determinados supuestos y cumpliéndose una serie de requisitos (que haya homogeneidad entre los conceptos a compensar y que el trabajador ya percibiera en su conjunto y en cómputo anual retribuciones superiores a las consecuentes de aplicar los incrementos previstos), el incremento de un concepto salarial establecido en una norma legal o convencional se neutralice con el incremento derivado de otra fuente distinta (por ejemplo, el haber pactado con el trabajador o empresario un salario superior al establecido en Convenio).

De este modo cabría la posibilidad de que, mi Convenio estableciese la subida del sueldo base de conformidad con el incremento del IPC, pero al venir yo percibiendo un salario superior en conjunto y cómputo anual al fijado en el mismo no viese incrementado mi salario neto. No obstante, como decíamos, para poder aplicar la figura de la compensación y absorción es preciso que los elementos respecto de los cuales se pretende dicha medida sean de carácter homogéneo, es decir, que ostenten la misma naturaleza.

En conclusión, no todas las Empresas han de incrementar sus salarios de conformidad con las subidas del IPC y es posible que, aun teniendo que ajustarlos, no todos los trabajadores vean incrementados su salario neto a percibir como consecuencia de dichos ajustes.

Puede contactar con nuestros abogados laboralistas aquí para solventar cualquier duda.

Carlos Vázquez

Abogado en el área laboral
 

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