Desheredación de hijos por falta de relación en la empresa familiar

Desheredación de hijos por falta de relación en la empresa familiar, experta de CECA MAGÁN abogados
2 Dic 2024

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La desheredación de hijos es un tema que, aunque no es muy común, puede generar mucha polémica y dudas, especialmente cuando parte de la herencia es una empresa familiar.

Muchas veces, se piensa que solo ocurre cuando un testador quiere dejar a un hijo fuera de su herencia por motivos económicos o personales graves. Sin embargo, uno de los casos menos conocidos, pero que no deja de ser relevante, es la desheredación por falta de relación familiar. Es decir, cuando un hijo o un familiar directo no tiene contacto con el testador durante un largo período, y eso se usa como justificación para quitarle los derechos a la herencia.

¿Qué es la desheredación?

Antes de entrar en detalles, es importante entender qué significa desheredar. 

En España, la herencia de una persona se distribuye de acuerdo con lo que diga su testamento, pero también hay una parte que está "blindada" por la ley: la legítima. 

La legítima es una porción de la herencia que, por ley, corresponde a los herederos forzosos, es decir, a los hijos, el cónyuge y, en algunos casos, a los padres del fallecido. En el caso de los hijos, la legítima se divide en dos tercios de la herencia: uno de esos tercios es "estrictamente irrenunciable" (la legítima estricta), mientras que el otro tercio se puede usar para hacer mejoras a alguno de los hijos o repartirlo como el testador quiera (la mejora).

Esto significa que, aunque un padre o madre otorgue un testamento, no puede desheredar a sus hijos sin más, ya que la ley protege su derecho a la legítima, y en el caso de empresas familiares, si los únicos bienes de la masa hereditaria son las acciones o participaciones de la empresa, los herederos forzosos tendrán derecho a una parte

Sin embargo, hay excepciones, y el testador puede decidir desheredar a uno o más de sus hijos si existe una causa legalmente justificada. La desheredación implica que el hijo no reciba ni la legítima ni ninguna otra parte de la herencia. 

Una de esas causas es la falta de relación familiar. Esto puede incluir la falta de contacto emocional o la ausencia de apoyo a lo largo de los años, por lo que es perfectamente entendible que el empresario familiar no quiera dejar su legado a un hijo con el que no mantiene relación y, por ende, no conoce el negocio.  

¿Cómo se justifica la desheredación por falta de relación?

Para que la desheredación sea válida por esta causa, el testador debe demostrar que no ha habido relación significativa con el heredero, imputable a este. En este sentido, no basta con que el hijo viva lejos o que el testador no lo vea con frecuencia. Es necesario probar que se ha dado una desatención grave. Esto puede incluir cosas como no acudir a visitas importantes, no ayudar en momentos críticos de la vida del padre o madre (como enfermedad o vejez), o incluso haber roto el lazo emocional durante muchos años sin una justificación razonable.

Casos comunes de desheredación por falta de relación

Un caso típico podría ser el de una familia en la que el hijo se ha alejado durante años sin motivo alguno. Es posible que no haya mostrado interés en su familia, ni en el bienestar de sus padres, y tampoco se haya preocupado por ellos durante sus momentos de necesidad, como cuando estaban enfermos o en situación de vulnerabilidad.

Otro ejemplo puede ser el de un hijo que, tras una discusión o desacuerdo grave, corta todo tipo de contacto con su familia. En casos como este, si el padre o madre considera que la relación se ha roto de forma irreversible, podría optar por desheredar a ese hijo y dejarlo fuera de la empresa familiar en el testamento.

¿Es fácil desheredar por esta causa?

No, no es tan sencillo. La ley establece que la falta de relación familiar debe ser grave y duradera. No basta con una pelea temporal o con momentos de distanciamiento, sino que debe ser una ruptura total. Además, si el testador no puede probar que el hijo no ha mostrado interés o ha dejado de lado a su familia, la desheredación podría ser impugnada.

El hijo desheredado tiene derecho a defenderse en los tribunales, por lo que muchas veces, lo que comienza como una medida estricta de los padres, acaba siendo un proceso judicial largo y doloroso que implica a toda la familia, ya que serán los herederos forzosos los que acaben defendiendo la voluntad de su padre o madre en un procedimiento judicial.

¿Cómo se lleva a cabo la desheredación?

La desheredación no es algo que se pueda hacer de manera automática o informal. 
Para que la desheredación sea válida, debe figurar de forma explícita en el testamento del testador, y debe quedar claro el motivo por el cual se decide excluir al hijo de la herencia y, por tanto, de la empresa familiar. La persona que otorga el testamento tiene que ser muy cuidadosa en la redacción de su voluntad, ya que cualquier ambigüedad puede llevar a que el testamento sea impugnado por el hijo desheredado.

En términos prácticos, si un empresario quiere desheredar a uno de sus hijos, debe escribirlo claramente en su testamento y justificar de manera precisa la razón para hacerlo. La desheredación solo tendrá efecto si la causa está debidamente especificada y es aceptada por el tribunal si el caso llega a juicio.

Si la causa por la que se deshereda a un descendiente es el maltrato psicológico que ha provocado en el testador el abandono, es necesario que la falta de trato fuese imputable al desheredado, por lo que es aconsejable que el testador exprese que la falta de trato es por causa imputable al desheredado y que él ha intentado tenerlo.

Además, es aconsejable que se indique que la falta de trato ha tenido la suficiente entidad para provocarle un maltrato psicológico que justifique la desheredación.

En el supuesto que la desheredación se base en el maltrato psicológico provocado por la falta de trato, el testador debe expresar que el desheredado carece de descendientes, o que ignora su existencia, y si los tuviera y si ignorara su edad ni nombre de apellidos puede desheredarlos genéricamente aduciendo abandono.

Efectos de la desheredación

El desheredado pierde:

  • Su derecho a legitima, a los derechos que pudieran quedar subsistentes de testamentos anteriores, y poder suceder como heredero ab intestato.
  • El derecho a percibir alimentos, si se demuestra que ha cometido una falta de las que dan lugar a desheredación.
  • Todo derecho a bienes reservables, pues el hijo desheredado por el padre o la madre justamente pierde todo derecho a reserva, pero si tuviera hijos o descendientes, estos pueden adquirir este derecho.
  • Y en consecuencia, el derecho a participar en la empresa familiar.

El padre o la madre desheredados no tienen la administración de los bienes adquiridos por sus hijos cuando estos son menores de edad.

Los hijos o descendientes del desheredado ocupan su lugar y conservan los derechos de herederos forzosos respecto a la legítima. Este supuesto, únicamente tiene lugar en la desheredación cuando el desheredado fue un hijo o descendiente, y a su vez dejó hijos o descendientes que no fueron desheredados.

Las donaciones que hubiere hecho el testador en vida al posteriormente desheredado no quedan revocadas, pues las donaciones tienen sus propias causas de revocación y entre ellas no se encuentran el haber sido desheredado salvo que la concreta causa de desheredación lo fuera también de revocación por ingratitud y el donante en vida hubiera ejercitado la acción de revocación.

¿Puede un hijo impugnar la desheredación?

Sí, un hijo desheredado puede impugnar la desheredación, demandando al resto de herederos, si considera que la causa alegada por el testador no es válida o no está correctamente demostrada. La causa debe ser cierta: la causa debe ser veraz e imputable al desheredado, recayendo la carga de probar esta certeza sobre los herederos, siempre y cuando el desheredado la negara. 

Es decir, nos encontramos ante una presunción iuris tantum, de modo que la desheredación producirá efectos en tanto no sea impugnada por el desheredado, en cuyo caso, corresponderá al resto de herederos probar que la causa es cierta.

En este caso, será el tribunal quien decida si el hijo tiene derecho a recibir su parte de la legítima, si bien le va a corresponder a los herederos acreditar la veracidad y subsistencia de las causas de desheredación alegadas por su padre o madre. 

El tribunal podría fallar a favor del hijo desheredado si el testador no ha dejado una causa suficientemente clara o si la causa alegada no cumple con los requisitos legales. 

Además, el hijo desheredado también puede impugnar el testamento si considera que no fue redactado conforme a la ley o que hubo algún tipo de vicio en la voluntad del testador (por ejemplo, si el testador estaba bajo coacción o no estaba en pleno uso de sus facultades mentales cuando hizo el testamento).

¿Cabe revocar la desheredación?

La posibilidad de reconciliación priva del derecho de desheredar y deja sin efecto la desheredación ya hecha. La reconciliación posterior a la realización del testamento deja esta sin efecto. Puede tener lugar por remisión o perdón expreso o tácito, solemne o no.

La reconciliación es un acto bilateral en el que participan ambas partes, en virtud del cual estos superan las controversias entre ellos. Como es lógico, la reconciliación debe ser posterior al hecho de la ofensa y anterior a la muerte del causante, pero puede tener lugar antes de la desheredación realizada en testamento, o con carácter posterior. De forma que, si se produce antes, el testador no tendrá justa causa para desheredar, mientras que, si se produce con carácter posterior, dejará sin efecto la desheredación ya realizada.

Conclusión

La desheredación de hijos en España es un tema delicado y regulado por la ley. 

Aunque los padres tienen la posibilidad de desheredar a un hijo en ciertas circunstancias, esta decisión debe estar debidamente justificada y cumplirse con los requisitos legales para que sea válida. 

Es importante tener en cuenta que la desheredación no solo afecta la distribución de los bienes familiares y de la empresa familiar, sino también la relación entre los miembros de la familia, y puede tener consecuencias emocionales y sociales duraderas.

Por tanto, tanto si eres el testador como si eres un hijo que podría verse afectado por una desheredación, es fundamental comprender bien las implicaciones legales de este proceso y, en caso de dudas, consultar con un abogado especializado en herencias. 

La comunicación y el respeto dentro de la familia son siempre la mejor vía para evitar llegar a situaciones tan extremas como la desheredación.

Nuestros abogados expertos en empresa familiar y planificación de la sucesión pueden ayudarte ante un caso similar, contando con la experiencia necesaria para tratar temas tan delicados que afectan, tanto a la vida privada como a la profesional de la familia empresaria. Contacta con ellos aquí:

Susana Perales – Grupo Empresa Familiar

Directora en el área de litigación y arbitraje

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