Reestructuraciones financieras: Anticipación y asesoramiento integral, claves para el éxito

Reestructuraciones financieras: Anticipación y asesoramiento integral, claves para el éxito
20 Oct 2021

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Las draconianas restricciones impuestas a raíz de la pandemia a gran parte de nuestro tejido empresarial, tanto por el Gobierno nacional como por la mayoría de las Administraciones autonómicas, ha significado un fuerte impacto económico-financiero en las empresas.

En no pocos sectores, se han prolongado -con más o menos intensidad- casi un año y medio, y han terminado, por desgracia, provocando bien la insolvencia de no pocas empresas (como acreditan las estadísticas sobre el incremento del número de concursos en un 50% respecto a 2020, a pesar de haberse ampliado la moratoria concursal hasta el 31 de diciembre de 2021) o, en muchos otros casos, serios problemas de liquidez que les han obligado a intentar acordar reestructuraciones financieras de su deuda y/o a buscar mecanismos alternativos de financiación, además de otras reestructuraciones operativas (por ejemplo, ERTE).

Sin embargo, que dichas empresas consigan, finalmente, superar esas dificultades financieras y volver a ser viables en el medio o largo plazo, dependerá en gran medida de la forma en que vengan afrontando sus problemas económicos, de cara a que dicha reestructuración financiera sea realmente efectiva.

En efecto,  son muchos los empresarios, que por distintas razones, se han visto superados por la situación sufrida y sus dolorosas consecuencias y han ido adoptando algunas medidas puntuales para ir “parcheando” como podían sus problemas, con ERTEs, créditos ICO, renegociando ciertos contratos (como alquileres, etc.), bien voluntariamente o bien exigiéndolo en aplicación de la regla “rebus sic stantibus”, etc. Pero casi siempre sin pararse a pensar con calma en todas las implicaciones de esas medidas, en sus perspectivas económicas reales a medio plazo y, en definitivasin planificar una estrategia global que, desde un análisis serio y riguroso de su modelo de negocio, les permita diseñar la mejor y más eficiente salida de ese oscuro túnel dentro del cual les empujaron las circunstancias desde marzo de 2020, y del que no saben muy bien como salir y ver de nuevo la luz.

Esta forma de proceder, lamentable, suele significar una solución transitoria, una mera “patada hacia adelante” que termina en un agravamiento de la situación que puede conducir a la inviabilidad definitiva de la empresa y, a la postre, en un concurso de acreedores que no tenga otro final posible que su liquidación y cierre.

Sin embargo, esto no tiene que ser necesariamente el final del proceso si, en lugar de ir “apagando fuegos” a corto plazo, se adopta una postura más reflexiva y serena que -si se nos permite la expresión- “coja el toro por los cuernos” y analice con profesionalidad y rigor la situación en su conjunto y, en consecuencia, valore las medidas o instrumentos más adecuados para afrontar las dificultades concretas existentes en cada caso, desde una visión a largo plazo y que, por tanto, permita mitigar los daños en la mayor medida posible para todos los intereses en juego (empresarios, acreedores, trabajadores, etc.)

REESTRUCTURACIÓN, LA PALABRA DE MODA

En toda esta coctelera de instrumentos o medidas a adoptar para salvar a las empresas en dificultades, sin duda, hay una que se escucha cada vez con más fuerza, en parte al albur de la necesaria transposición a nuestro ordenamiento de la Directiva europea aprobada en 2019 justamente para hacer más eficientes los procedimientos concursales dentro de la Unión Europea y, sobre todo, para armonizar los marcos de reestructuración financiera como mecanismo preferente de rescate de las empresas que, siendo viables desde la perspectiva de negocio, soportan unas cargas financieras insostenibles y que, de no aliviarlas, estarían abocadas al concurso de acreedores.

Sin entrar en las numerosas críticas que se vienen efectuado al Anteproyecto de Ley de Reforma de la Ley Concursal aprobado en agosto de 2021 por el Gobierno (en su gran mayoría, bastante justificadas), lo cierto y verdad es que esa reforma -que se aprobará previsiblemente en el primer trimestre de 2022- va a mejorar “la caja de herramientas” a disposición de las empresas en dificultades para superar con éxito su situación de debilidad financiera.

Estas medidas serán, entre otras, el “arrastre de clases” de acreedores, la ampliación de los plazos del denominado “preconcurso” así como de sus efectos, la regulación (aunque escasa y mejorable) del “prepack concursal” para agilizar las ventas de unidades productivos, etc.

Pero al margen de cuándo y cómo lleguen esas novedades legislativas -que para muchas empresas será tarde y mal-, tampoco podemos olvidar que las sucesivas reformas de nuestra legislación concursal desde 2009 a 2015 ya han introducido una regulación de las refinanciaciones preconcursales que, con sus defectos y problemas aplicativos, ha sido y es útil para evitar que empresas viables se vean abocadas al concurso de acreedores por problemas financieros insoportables.

Sin embargo, para que ello sea realmente posible es indispensable que se produzcan dos condiciones sin las cuales, las refinanciaciones o reestructuraciones financieras terminan siendo también un “parche” que sólo alarga en el tiempo los problemas sin solucionarlos realmente:

  1. Asesoramiento profesional independiente e integral.
  2. Anticipación en la adopción de las medidas necesarias en cada caso.

 ASESORAMIENTO INTEGRAL EN LAS REESTRUCTURACIONES FINANCIERAS

En no pocos casos (por desgracia, conocemos más de los que quisiéramos), las refinanciaciones se han realizado por algunas empresas sin previamente haber obtenido un asesoramiento profesional independiente e integral que, con rigor y seriedad, analice la situación económico-financiera de la empresa y proponga las alternativas legales más eficientes en cada caso para superar con éxito las dificultades en que se encuentra inmersa.

Por desgracia, cuando se efectúan sin dicho asesoramiento económico y legal, al poco tiempo la empresa vuelve a estar en serias dificultades que abocan a tener que realizar otro nuevo acuerdo de refinanciación y otro y otro… para finalmente terminar solicitando el concurso de acreedores en una situación mucho peor que la existente al inicio del proceso.

Las razones para proceder así pueden ser muchas y hasta cierto punto comprensibles (presión de los acreedores, miedo a incurrir en gastos adicionales de profesionales en momentos de falta de liquidez, etc.) pero, la experiencia nos demuestra que es siempre una estrategia equivocada y, a la postre, más cara para todos los afectados.

Solo tras obtener ese asesoramiento por asesores externos con conocimientos especializados y experiencia, tanto desde la perspectiva legal como de la perspectiva económico-financiera, se pueden afrontar un proceso de refinanciación con ciertas garantías de éxito.

ANTICIPACIÓN

Y la otra clave es la anticipación. La propia Directiva antes mencionada insiste en ello al favorecer que los “planes de reestructuración” puedan afrontarse con agilidad no sólo en situaciones de insolvencia (actual o inminente) sino también en situaciones de “probabilidad de insolvencia”, es decir, cuando la sociedad es todavía solvente, pero prevé que dejará de serlo si no afronta con diligencia un proceso de reestructuración operativa y/o financiera.

Por ello, subraya también la necesidad de que los Estados miembros de implementar mecanismos de “alerta temprana” (“early warnings” en terminología anglosajona), precisamente para facilitar que la propia empresa detecte con suficiente antelación la gravedad de su situación para afrontar cuanto antes sus problemas y adoptar las soluciones necesarias en cada caso.

En esta área, como en tantos otros ámbitos, “el tiempo es oro” ya que las posibilidades de éxito son inversamente proporcionales a la gravedad de la situación en el momento de adoptar los planes de reestructuración financiera. Por desgracia, en España no hay todavía una cultura empresarial de la reestructuración temprana y se acude al médico (al experto) muchas veces cuando se está en la fase terminal de la enfermedad, sin posibilidades reales de cura.

Por todo ello, desde CECA MAGÁN venimos trabajando desde hace tiempo de forma coordinada con equipos económicos financieros con gran experiencia en procesos de reestructuración financiera y aconsejando a nuestros clientes que se anticipen a los problemas cuando surgen las primeras señales de alarma, sin esperar a que la situación se agrave de forma que, cuando se quiera actuar, sea ya demasiado tarde. Puede contactar con nuestros abogados aquí.

José Carlos González

Socio del área concursal

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