Almudena Medina, directora en el área tributario, publica su tribuna de opinión en la revista AJA de LegalToday sobre la aprobación de la nueva Ley Beckham. En ella, nuestra abogada fiscalista explica los cambios que se aplican con esta nueva normativa, algunos negativos y otros positivos en relación al texto existente.
"El cambio de denominación evidencia una de las principales características de este texto normativo: la ampliación de los motivos de traslado que permiten acceder al régimen". Y entre ellos menciona: "la actividad laboral prestada a distancia desde España mediante el uso de medios y sistemas informáticos, [...] la condición de administrador de una entidad, [...] actividad emprendedora, [...] actividad económica en España por parte de un trabajador altamente cualificado que preste servicios a empresas emergentes, o lleve a cabo actividades de formación".
Hay otros aspectos que esta aprobación de la Ley Beckham no cambia y a ojos de nuestra experta, no se da solución a algunas problemáticas importantes para quienes se acogen a este régimen, por lo que seguirán necesitando de un asesoramiento muy metódico y especializado.
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