¿Qué son las cláusulas malus y clawback en el derecho mercantil y cómo están reguladas actualmente? Nuestra compañera Esther Pérez, abogada del área mercantil, explica en su último artículo para la revista Economist & Jurist qué implican estas cláusulas y cómo se aplican a la retribución de consejeros y directivos.
En concreto, las cláusulas malus son las que permiten a una sociedad solicitar el reembolso de las remuneraciones ya devengadas y no satisfechas; las cláusulas clawback permiten recuperar las remuneraciones ya satisfechas. Su regulación “se encuentra prevista en el Código de Buen Gobierno de las sociedades cotizadas (“CBG”) y en la Ley de Sociedades de Capital, sin perjuicio de la regulación también prevista en la normativa de aplicación a las entidades de crédito”, explica la abogada, ya que están destinadas a una transparencia y al buen hacer de los gobiernos corporativos.
Puesto que este código son solo recomendaciones y no obligan a las empresas ni a los directivos a seguirlas, se han establecido mecanismos que eviten recompensar resultados desfavorables. Estos mecanismos son estas cláusulas malus y clawback y para que tengan efecto deben estar contempladas en los contratos que una sociedad realice con su equipo directivo o consejeros.
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