Sentencia: indemnización adicional en un despido improcedente

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha determinado en su sentencia otorgar una indemnización adicional en un despido improcedente. Tras la pronunciación de Europa sobre la insuficiencia de las indemnizaciones en España, este tribunal ha aumentado en 30.000 euros adicionales la cuantía total.

Enrique Ceca, socio del área laboral, explica en Economist&Jurist“la doctrina acuñada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco realiza una interpretación flexible y finalista de la normativa española sobre la compensación de la pérdida injustificada de empleo, basándose en normativa europea y en criterios de justicia material”.

Y considera que: “la aplicación de dicha doctrina, que ya concurrente en otras Salas de lo Social de otros tribunales de Justicia, deberá ser excepcional y no general. Es decir, debería estar limitada, por ello, a casos muy excepcionales en los que por lo irrisorio de la indemnización o los importantes perjuicios causados, la indemnización tasada por ley no sirva para reparar debidamente la pérdida injustificada de empleo”.

Nuestro laboralista comenta que “todo ello por cuanto que el uso reiterado de la misma supondría una inseguridad jurídica tremenda para las relaciones laborales en España”. Y añade: "la reducción de las posibilidades de contratación temporal, el incesante incremento de cotizaciones sociales y las rigideces en las relaciones laborales; generan que deba analizarse muy bien las consecuencias de las decisiones que pudieran adoptarse”.

A la hora de calcular este cambio en la indemnización por despido improcedente, opina que “resultaría muy necesaria que su potencial modificación se produzca de común acuerdo de los agentes sociales, y sea un necesario contrapunto a una reducción de los costes de contratación. [...] No olvidemos que España ya es, junto a Francia, el País más caro de Europa para contratar. Si igualmente se encarece la posibilidad de rescindir los contratos, aunque sea de manera no justificada, se estaría protegiendo el empleo, pero desprotegiendo la contratación”.

Además, considera que esta desprotección afectaría a “colectivos especialmente vulnerables, como el personal de edad avanzada o las personas que pretenden su incorporación al mercado laboral”.

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