Una nueva sentencia del Tribunal Supremo avala que los contribuyentes puedan reclamar una indemnización al Estado en relación al impuesto de la plusvalía. Ya en 2017, el Tribunal Constitucional declaró su “inconstitucionalidad para los casos en los que se llegaba a gravar transmisiones sin ganancia. Dos años y medio después, una nueva sentencia del TC expulsó además los supuestos en los que podía resultar confiscatorio, esto es, en los que el importe a pagar sea superior al beneficio obtenido”.
Ahora, la última sentencia del Supremo “rechaza indemnizar a una promotora por la plusvalía satisfecha en la venta de unos terrenos en Getafe en virtud de normas inconstitucionales“. En declaraciones a Cinco Días, nuestra compañera Paula Gámez, socia del área de Derecho Tributario, considera que la resolución resulta muy interesante porque “analiza la posibilidad de exigir responsabilidad patrimonial al Estado por impuestos satisfechos con anterioridad a la declaración de inconstitucionalidad de la norma”.
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