Este viernes 1 de septiembre de 2023 entran en vigor incentivos a la contratación de los que podrán beneficiarse las empresas que contraten a colectivos con una tasa de empleabilidad baja, como por ejemplo, parados de larga duración o personas en riesgo de exclusión social, entre otras situaciones. Uno de los requisitos para beneficiarse de estos incentivos a la contratación es, entre otros, hacer un contrato indefinido y mantenerlo al menos durante tres años.
Javier Reyes, manager en el área laboral, explica en Cinco Días el funcionamiento de esta nueva norma: “A efectos de entenderse incumplido el compromiso, no computan, entre otros, los despidos objetivos o disciplinarios que no hayan sido declarados improcedentes, como tampoco computan las bajas voluntarias, las resoluciones del periodo de prueba o aquellas que tengan que ver con la dimisión, fallecimiento o jubilación del empresario”.
Sobre el trámite para solicitar estos incentivos, nuestro abogado laboralista explica que se hará a través "del sistema RED” y que "la aplicación de los beneficios de cuotas se realizará automáticamente en función de los datos de la Tesorería General de la Seguridad Social sobre los sujetos obligados a cotizar”.
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