Con relativa frecuencia, los despachos de abogados – especialmente los de mayor tamaño – deben hacer frente a una situación que, en ocasiones, llega a suponer un problema para la propia Firma: el conflicto de interés.
Al respecto, y como recuerda Cinco Días, “el Código Deontológico de la Abogacía Española regula estrictamente esta cuestión, prohibiendo la defensa o el asesoramiento de diferentes clientes cuando existan intereses contrapuestos entre ellos”.
Con el objetivo de evitar esta problemática, los grandes bufetes con amplias carteras de clientes suelen contar con diversos protocolos, programas informáticos, e incluso equipos específicos, que se encargan de identificar potenciales casos de conflicto de interés en los asuntos que llegan al despacho.
Pero, ¿qué ocurre si, tras analizar el asunto, se confirma que existe un conflicto de intereses? Como señala nuestro compañero Enrique Ceca, Socio del área laboral, en estos casos, “se expone la situación al cliente y se recomienda a otro compañero o despacho. Si el problema pertenece a un área muy concreta, aconsejamos acudir a firmas más pequeñas o boutiques”.
Como señala Cinco Días, en el caso de que el abogado se encuentre ante un escenario de intereses contrapuestos entre sus clientes, el Código Deontológico establece que deberá renunciar a la defensa de ambos “salvo autorización expresa de todos para intervenir a favor de cualquiera de ellos”. En este contexto, es habitual que los bufetes de cierto tamaño recurran a la técnica de la muralla china, “método que consiste en aislar completamente a los equipos con el fin de que no se produzca contagio de la información”.
En Ceca Magán hemos recurrido a esta estrategia “en codemandas a dos o tres compañías”, apunta Enrique. Cuestionado por cómo se puede salvaguardar la privacidad cuando los abogados comparten oficina, nuestro compañero considera que la solución pasa por un rígido protocolo y un sistema informático que permite blindar ciertos archivos para que nadie pueda acceder a ellos sin autorización y llevar un registro de quién accede a cada documento.
“Cada letrado implicado firma una declaración responsable comprometiéndose a garantizar la confidencialidad. […] Si es un cliente personalizado y acostumbrado al ámbito legal, no suele mostrar recelo, ya que conoce la técnica o tiene confianza en el bufete”, sentencia.
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