Una sentencia del Tribunal Supremo condena por primera vez al Estado a indemnizar a un contribuyente por los daños derivados de la liquidación de la plusvalía municipal. En particular, esta resolución “abre una nueva vía a los ciudadanos para recuperar el dinero indebidamente pagado por la venta a pérdida de sus propiedades o también cuando el importe liquidado hubiera sido superior a la ganancia obtenida”.
En declaraciones al medio Cinco Días, nuestra compañera Paula Gámez, Socia del área de Derecho Tributario, señala que “es una sentencia muy positiva” porque “refuerza la posición del contribuyente cuya prueba no haya sido valorada conforme a las reglas de la sana crítica”.
Como cita Cinco Días, “la vía abierta permite exigir la responsabilidad patrimonial del legislador cuando se demuestre, entre otros requisitos formales, que la aplicación de la ley declarada inconstitucional produjo un daño económico en el contribuyente que no estaba obligado a soportar”.
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