Tras la opinión del Comité Europeo de Derechos Sociales, una de las posibilidades que ven los expertos es que se introduzca la compensación por daños y perjuicios en las indemnizaciones por despidos improcedentes. Las modificaciones en esta materia ya se están barajando a raíz de que este Comité indicara que los cálculos en España son insuficientes. Sin embargo, a la hora de aplicarlo en la práctica, no hay base jurídica establecida.
Albert Toledo, director en el área laboral, comenta en Cinco Días no hay "una obligación jurídica de que los jueces y tribunales las sigan". Y nuestro laboralista añade: "pero muchos de ellos pueden tender a seguir la interpretación del CEDS a falta de que el Tribunal Supremo forme su propio criterio interpretativo".
El Comité Europeo dictó que las indemnizaciones por despido improcedente en España no se ajustaban a los parámetros de la Carta Social Europea, a raíz de una petición de los sindicatos. Desde hace meses, los laboralistas españoles barajan diferentes hipótesis sobre la aplicación de estos cambios.
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