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La reciente transposición de distintas Directivas de la Unión Europea ha modificado sustancialmente el régimen de migración de las personas altamente cualificadas , y se ha reafirmado una vez más en su objetivo de atracción de talento, poniendo el foco en aquellos extranjeros titulares de la Tarjeta Azul europea.
Así, reformando -entre otras- la Ley 14/2013, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, el texto ha tratado de saldar al fin las cuentas pendientes que tiene la legislación española con la trasposición en plazo de la normativa de Derecho Europeo. La entrada en vigor de esta Ley 11/2023 ha sido el 10 de mayo, es decir, al día siguiente de su publicación en el BOE.
¿Qué es la Tarjeta Azul europea?
La Tarjeta Azul europea, también conocida como Blue card, existe desde el año 2009, y se introdujo como una vía de atracción de talento proveniente del extranjero. Está prevista para aquellos trabajadores que puedan considerarse profesionales altamente cualificados, si bien los requisitos para su obtención, no obstante, son más exigentes que para el resto de los miembros de esta categoría que solicitan su permiso para vivir en España.
A cambio, quienes logren acreditar los debidos requisitos y acceder a esta tarjeta, se beneficiarán automáticamente de la ventaja de poder residir y trabajar -durante el tiempo de vigencia de la tarjeta - en cualquier país de la Unión Europea (excepto Dinamarca e Irlanda), sin más limitaciones una vez se cuenta con la Blue card.
Como ciudadanos de terceros países, los titulares de la Tarjeta Azul europea son tratados desde la obtención de la tarjeta con los mismos derechos de libre circulación que los europeos. Esto repercute, como es lógico, en beneficios directos para las empresas, generalmente grandes multinacionales con sede en distintos países de la Unión Europea, que ven eliminadas trabas habituales a la hora de realizar traslados de trabajadores extracomunitarios entre sus distintas filiales.
La Tarjeta Azul europea, en definitiva, facilita la atracción de talento simplificando los procesos de traslado internacional de trabajadores altamente cualificados para las empresas, puesto que desde que el trabajador en cuestión es titular de la Blue card, ya es posible que resida en diferentes países de la UE.
Beneficios para la reagrupación familiar
En primer lugar, en atención a favorecer las reagrupaciones familiares de los profesionales altamente cualificados -incitando así que se produzcan cada vez más solicitudes de residencia de esta categoría-, la reforma añade un mandato expreso a los órganos administrativos encargados de resolver estos expedientes.
Para aquellos casos en los que se presenten simultáneamente las solicitudes de autorización para profesional altamente cualificado del titular y de los familiares a reagrupar, el mandato dice que estas últimas deberán resolverse también de forma simultánea.
De esta manera, se busca dar una respuesta inmediata a los miembros de la familia que dependan del titular y que vayan a residir junto a este en España, beneficiando así directamente a los extranjeros que pretendan residir y trabajar por esta vía.
Nueva modalidad de permiso para Profesionales Altamente Cualificados: titulares de Tarjeta Azul-UE
Así, el aspecto más relevante de la presente reforma operada sobre la Ley de emprendedores radica en la creación de una nueva modalidad de permiso para aquellos extranjeros que acrediten ser profesionales altamente cualificados según los requisitos de la ley y, además, cuenten con la mencionada Tarjeta Azul-UE.
La nueva modalidad de permiso para profesionales altamente cualificados titulares de Tarjeta Azul-UE se concederá a aquellos trabajadores que escojan España como país miembro de la Unión Europea para hacer valer su Blue card, es decir para trasladarse con la intención de residir y trabajar.
La ley prevé que deberán desempeñar una actividad laboral que requiera contar con titulación de enseñanza superior -de duración mínima de 3 años- o, en su defecto, un mínimo de 5 años de experiencia profesional equiparable a dichos estudios.
No obstante, para aquellos profesionales y directores de tecnología de la información y las comunicaciones, la duración mínima de la experiencia profesional será inferior: de tres años comprendidos dentro de los siete años anteriores a la solicitud de Tarjeta azul-UE.
Revocación de la Tarjeta Azul-UE
Por otro lado, es importante destacar que la reforma prevé la pérdida del derecho a la Tarjeta azul europea, a pesar de estar esta en vigor, cuando ya no se esté en posesión de un contrato de trabajo válido para un empleo de alta cualificación, y se acumulen tres meses o más de desempleo. También se revocará la tarjeta azul-UE cuando el extranjero titular de la misma se desplace a otro Estado miembro de la Unión y obtenga allí la Tarjeta azul-UE.
¿Qué requisitos se exigen?
Por su parte, la modalidad básica -la Autorización de Residencia para Profesional Altamente Cualificado- se mantiene como opción, estableciendo para sus solicitantes requisitos menos exigentes, en comparación.
Será solicitada, por tanto, por aquellos trabajadores que vayan a desempeñar una actividad laboral que requiera contar con titulación de enseñanza inferior a la requerida para la Tarjeta Azul-UE (los estudios específicos permitidos se encuentran señalados en la ley) o, en su defecto, un mínimo de 3 años de experiencia profesional equiparable a dicha cualificación.
¿Cuál es la duración de este nuevo permiso?
Sobre la duración de la autorización de residencia -tanto de aquella para PAC general como para los titulares de Tarjeta azul europea- la reforma mantiene el régimen de tres años de validez del permiso, renovables por otros dos años si no se han perdido las condiciones que la otorgaron.
No obstante, añade una prórroga de tres meses -que, a su vez, no puede resultar en exceder los tres años referidos- para aquellos permisos que, porque así se desprenda de la duración del contrato de trabajo, deban ser inferiores al máximo de tres años permitido por la ley.
Agilización del proceso para las empresas
La reforma establece una previsión que busca simplificar las cosas para las empresas que repitan el proceso de solicitud de permiso para sus trabajadores más de una vez.
Así, dice la actual ley, las empresas acreditarán el cumplimiento de los requisitos exigidos para la tramitación de las autorizaciones de profesionales altamente cualificados -y de traslados intraempresariales- una sola vez. Posteriormente, la empresa quedará inscrita automáticamente en la Unidad de Grandes Empresa y Colectivos Estratégicos.
Durante los próximos 3 años renovables -mientras que no se produzcan modificaciones en los requisitos inicialmente acreditados- se podrá evitar la remisión repetitiva de documentación con cada solicitud de permiso de sus trabajadores.
Si necesita asesoramiento con su tramitación, puede contactar con nuestro equipo de abogados expertos en permisos de residencia.
Abogada en el área de Extranjería y Movilidad Internacional
Buenas tardes
Soy colombiana, soy técnico profesional en Marketing y Publicidad y he trabajo 15 años en un Banco. Actualmente tengo una oferta de trabajo en Francia pero no en mi profesión, que opción puedo tener para obtener mi permiso de trabajo y trabajar legalmente?
Buenos días y gracias por su comentario. Le recomendamos ponerse en contacto directamente con nuestro equipo para que puedan ver los detalles de su caso y darle una solución adecuada.
Puede contactarles en este formulario.
Un saludo y gracias.
En respuesta a Buenas tardes Soy colombiana… por
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