En Sentencia dictada por la Sala de lo Civil de nuestro Alto Tribunal, sus Señorías confirman que el funcionamiento del motor de búsqueda de Google en base al cual, queda registrada la dirección de múltiples páginas web, no supone infracción de derecho alguno en materia de propiedad intelectual, aún cuando la difusión de dichas páginas no hubiera sido autorizada por parte de sus respectivos titulares. Para justificar dicho razonamiento, el TS se apoya en la doctrina del fair use, en virtud de la cual no cabe entender como atentatoria de los derechos de propiedad intelectual aquella actividad que, aún sin expresa autorización, beneficia los intereses del titular de tales derechos.