Debido a la problemática cada vez más actual de los okupas, la Fiscalía General del Estado ha publicado la Instrucción 1/2020 por la que marca las pautas de actuación de los Fiscales, quienes deberán solicitar la medida cautelar de desalojo y restitución del inmueble en aquellos supuestos en los que se aprecien sólidos indicios de la comisión de un delito de allanamiento de morada y/o usurpación de bienes inmuebles, desde el mismo momento en el que tengan conocimiento del contenido del atestado policial con entrada en el juzgado de guardia correspondiente.
Para facilitar la adopción de la medida cautelar de desalojo, recomiendan que los atestados policiales recojan todas las fuentes de prueba contra los okupas que puedan ser necesarias para acreditar tanto la titularidad del bien como las circunstancias espaciotemporales en los que se haya producido la ocupación del inmueble, señalando -a ser posible- la identidad y número de los ocupantes, testigos, etc.
<>También recomiendan que los titulares o propietarios de la vivienda aporten al atestado una certificación registral con el correspondientes CSV, que puede obtenerse online en un plazo de 7 horas.
Si bien es cierto que la medida cautelar de desalojo se puede adoptar inaudita parte, entienden que lo mejor es dar audiencia a los presuntos autores de los hechos para que puedan aportar su versión y, en su caso, el título que les ampare para la ocupación de la vivienda. Pero en caso de que el investigado no comparezca a la vista de medida cautelar, se podrá adoptar la medida inaudita parte, para evitar estrategias dilatorias.
Por tanto, parece que damos un pequeño paso en el desalojo de okupas para minimizar los grandes perjuicios que estas ocupaciones están causando en nuestro país, si bien en la práctica, la saturación de los juzgados hará que estas medidas cautelares de desalojo no sean tan rápidas como desearíamos.
Por ello, en caso de okupación lo recomendable es contactar con un abogado especialista en la materia desde el inicio, para que asista y asesore a la hora de poner la denuncia, garantizando así que en el atestado policial se recogen todos los datos necesarios que agilicen la adopción de la medida cautelar de desalojo y velando por que se solicite de forma inmediata, pudiendo acelerar los trámites para que puedas recuperar tu vivienda y se desaloje a los okupas.
Patricia Martínez
Área de Litigación y Arbitraje
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