Todo suele comenzar con una demanda planteada ante la jurisdicción social por un trabajador autónomo que ha visto rescindida su relación, supuestamente civil/mercantil, reclamando la declaración judicial de que dicha relación debe entenderse de carácter laboral por haber sido realizada de manera fraudulenta.
En estos casos, la Entidad demandada suele oponer la denominada excepción de incompetencia de la jurisdicción social, entendiendo que la relación existente entre la entidad demandada y el trabajador autónomo demandante, es de carácter civilmercantil de arrendamiento y prestación de servicios, siendo por tanto el demandante un trabajador autónomo excluido de la relación laboral del artículo 1.1 del Estatuto de los Trabajadores.
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