El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Tercera), en su sentencia de 27 de febrero de 2014, ha declarado ilegal el Impuesto sobre las Ventas a Minoristas de Determinados Hidrocarburos por oponerse al art. 3, apartado 2, de la Directiva 92/12/CEE, de 25 de febrero de 1992.
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