El acceso a los puntos del carnet de los transportistas por parte de las empresas se facilitará en los próximos meses. Hasta ahora, la Dirección General de Tráfico y la Agencia Española de Protección de Datos habían llegado a un acuerdo para que los empresarios pudieran comprobar una serie de datos a la hora de contratar a conductores. Pero estos permisos se van a ampliar hasta el punto de poder ver si el trabajado en cuestión tiene o no todos los puntos del carnet.
Agustín Benavent, counsel del área laboral, explica desde el punto de vista legal esta situación en Expansión (solo para suscriptores del medio): cree que es una buena noticia y "existen serias dudas en el ámbito empresarial sobre la posibilidad legal de actuar cuando un trabajador no le informa, en especial con temas que pueden originar una colisión con derechos fundamentales", por lo que ve esencial esta colaboración. "Un posible accidente con daños en el conductor, en los equipos de la empresa o, muy especialmente, a terceros, no teniendo puntos en el carnet de conducir, puede originar costes económicos y reputacionales, así como originar responsabilidades no sólo civiles, sino también penales", añade. Y es que una situación así originada por la falta de información por parte del conductor hacia la empresa sobre la vigencia de sus licencia podría ser motivo de despido y/o fraude.
Benavent además añade que habría que incluir en la norma lo que ocurriría en el periodo entre la pérdida de los puntos del carnet de un transportista y la suspensión hasta que los recupera: "En el artículo 45 del Estatuto de los Trabajadores regula las causas legales de suspensión del contrato y este supuesto de pérdida de carnet por puntos, que es una situación temporal, no está prevista en la norma".
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