Son muchos los mecanismos que la Agencia Tributaria tiene a su disposición para determinar si un ciudadano vive o no realmente donde dice tener su residencia fiscal y poder, por tanto, detectar cualquier intención de fraude. Entre estos mecanismos de control podemos encontrar desde tickets de compra, pagos realizados con tarjetas de crédito, e incluso, la propia actividad del sujeto investigado en redes sociales.
Un caso célebre es el protagonizado por la cantante Shakira, quien fue objeto de esta investigación por parte de la Agencia Tributaria tras declarar que su domicilio se encontraba en Nassau, capital de las Islas Bahamas. “Hacienda tiene autoridad para recabar información de terceros tanto en España como en el extranjero. Puede pedir información a la administración tributaria de otros países y cruzar información facilitada por terceros en sus declaraciones”, afirma Almudena Medina, Directora en el Departamento de Derecho Tributario, al portal Xataka.
Cuestionada por la importancia de la tecnología en todo este proceso, Medina confirma que una parte importante de la información que se tiene en cuenta procede del ámbito digital: “El listado completo de llamadas y movimientos de cuentas suele formar parte del expediente de inspección. Junto a los datos de tarjetas de crédito, suelen ser bastante indicativos de dónde se encuentra el sujeto en cada momento. En cualquier caso, para tener un caso fuerte, Hacienda necesita disponer de múltiples pruebas que apunten en el mismo sentido. Es la valoración conjunta de las pruebas la que permite a Hacienda situar al sujeto en un país u otro. De todas formas, lo que Hacienda no va a permitir es que el sujeto no tribute en ningún país, que sea un apátrida fiscal”.
En relación a las redes sociales, nuestra compañera destaca que “son un nicho de pruebas”. En este caso, y especialmente si se trata de un personaje popular, no solo se rastrea la actividad del investigado en sus propias redes, sino también las de otras cuentas de terceros que ayuden a señalar la dirección del país de residencia del sujeto. Esas fotos subidas por terceros serían consideradas como “indicios” según Almudena, pero se tendría que acreditar la validez del origen para verificar que no han sido manipuladas. “Serían un elemento más a tener en cuenta, pero debería ser refrendado por otros indicios o pruebas para reforzar su carácter probatorio”, concluye.
Si desea ampliar la presente información, no dude en ponerse en contacto con nuestro despacho llamando al 91.345.48.25 o bien enviando un email a info@cecamagan.com.