¿Qué riesgos existen por cobrar / pagar los salarios en dinero negro?

¿Qué riesgos existen por cobrar / pagar los salarios en dinero negro?
9 Jun 2015

Qué riesgos existen por cobrar / pagar los salarios en dinero negro

 

Una de las salidas más habituales y utilizadas como respuesta a los azotes de la crisis durante los últimos años ha venido siendo la realización de pagos y cobros en dinero negro o “B”. Esta opción ha sido escogida no solo por empresarios en dificultades, sino por candidatos a puestos de trabajo que se han visto obligados a aceptar pagos en negro si querían acceder a ese puesto de trabajo ofrecido. Por lo que, a juicio de quien escribe estas líneas, se trata de un problema bidireccional que atañe a ambas partes en la relación laboral.

Obviando empresarios que se “distraigan” del fiel cumplimiento de la legislación vigente, los empleadores que acuden a este mecanismo lo hacen, casi en la totalidad de los casos, movidos por una necesidad de ahorro a corto plazo al no declarar ciertos pagos, por lo que no tributan a Hacienda, no cotizan a la Seguridad Social y no se cumplen ciertas formalidades propias de quien desempeña una actividad empresarial con ánimo de lucro. Como contrapunto, el trabajador hace lo propio; pues se ve en la necesidad de aceptar ciertas condiciones como único medio de obtener ingresos.

En esta línea, entendemos que el trabajador tiene diversos riesgos si cobra en “B”. Distingamos dos supuestos. En el caso de que un empleado no cobre en “A” ni un solo euro, se enfrentará a diversos problemas; entre los que podemos destacar la falta de cotización a la Seguridad Social, la pérdida de prestaciones derivadas, precisamente, de esa falta de cotizaciones (desempleo, jubilación, etc.) y por supuesto el incumplimiento en materia tributaria si no se declaran los ingresos mencionados.

Por el contrario, si se abona una parte en dinero legalizado y otra parte en “B”, lógicamente estaremos ante un incumplimiento parcial por lo que existirá una merma en las cotizaciones y una pérdida proporcional respecto de los derechos derivados de esa falta de cotización parcial a la Seguridad Social y no declaración a Hacienda.

 Así, el trabajador que perciba todo o parte de su salario en dinero negro sufrirá la pérdida de derechos a nivel de Seguridad Social derivada de la falta de cotización a dicho organismo en los términos apuntados. A lo que se debe añadir un riesgo adicional de índole fiscal si el trabajador no declara los ingresos percibidos, ya sean en dinero declarado por la empresa o no. Toda vez que las entidades tributarias cruzarán las declaraciones de empresa y trabajador a efectos de que esté todo comunicado correctamente.

 De otro lado, si la empresa abona salarios en “B”, y por tanto no cotiza por esos pagos y no declara los mismos a Hacienda, lógicamente se produce un incumplimiento de la normativa laboral, de Seguridad Social y tributaria que puede generar diversos efectos.

 Entre los que cabe destacar la imposición de sanciones en el orden social y de Seguridad Social; la liquidación de cuotas por parte de la Inspección de Trabajo y Tesorería General de la Seguridad Social a efectos de cotizar por aquellas cantidades que no se cotizaron, con sus correspondientes recargos, intereses y multas; o la imposición de multas por parte de Hacienda. Ante esta situación las sanciones a imponer serán proporcionales a dichos importes dependiendo de las cuantías no declaradas o no tratadas correctamente.

 Finalmente, debemos indicar que tanto empresa como trabajador pueden ser advertidos por las autoridades competentes e iniciar, en su caso los trabajadores, los procedimientos administrativos y judiciales para regularizar esos ingresos percibidos, con las consecuencias legales inherentes.

 Sin duda la crisis ha provocado que se agudice este problema relacionado con los pagos en negro, lo que ha desencadenado el auge de la economía sumergida que está intrínsecamente relacionada con este tipo de periodos. Es de suponer que con la mejoría del mercado laboral o de la economía en su conjunto también mejoren las afiliaciones al sistema de Seguridad Social, las cotizaciones y la regularización de las relaciones laborales, y, por ende, de la situación fiscal y financiera.

Jorge Sarazá Granados
Dpto. Laboral Ceca Magán Abogados

 Accede a la Intervención de Jorge Sarazá en El Mundo TV. ” Riesgos de los pagos y cobros en negro “

 

El mundo tv

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