En los últimos meses, la doctrina especializada en materia de prestaciones públicas, en especial la relativa a la jubilación, ha venido pronunciándose sobre qué medidas de reforma del Sistema Financiero de la Seguridad Social se consideran más adecuadas en aras a que los hoy trabajadores y futuros pensionistas, puedan realmente, llegado el momento, acceder a su jubilación con las mismas garantías de las que actualmente disfrutan aquellos que se encuentran en dicha situación.
En este sentido, la mayoría de expertos coinciden en abogar por medidas, que si bien, desde un punto de vista técnico, muy pocos dudan de su eficacia a largo plazo, desde el punto de vista social son mayoritariamente rechazadas.
Dichas medidas son por ejemplo, entre otras, el aumento de la edad a partir de la cual los trabajadores podrán acceder a la jubilación a los 70 años, exigir un mayor número de años de cotización para poder tener acceso al cien por cien de la prestación, revalorizar las pensiones en función de la evolución de la inflación y del PIB o introducir un mecanismo corrector en el cálculo de la pensión en función de la esperanza de vida y de los recursos del sistema.
Pues bien, analicemos brevemente ambos puntos de vista, técnico y social, y que cada cual decida cuál de los dos debe prevalecer.
Comenzando por el primero, lo cierto es que el Sistema de la Seguridad Social se configuró inicialmente, y así ha venido funcionando hasta ahora, como un sistema de estructura piramidal y carácter intergeneracional, en un momento de la historia en el que concurrían elevados índices de natalidad y mortalidad, muy corta esperanza de vida, una cultura del trabajo en la que no se contemplaba el ocio como elemento a tener en cuenta, la incorporación al mercado de trabajo a edades muy tempranas, etc.; condiciones todas ellas óptimas para su éxito.
Sin embargo, todos estos factores que condicionaron la viabilidad de la financiación intergeneracional, en la que se basa el Sistema de la Seguridad Social, han mutado hacía el vértice totalmente opuesto, de forma tal, que hoy se erigen como los grandes obstáculos que dificultan la continuación del éxito del Sistema y la sostenibilidad del mismo.
Así, la esperanza de vida ha crecido sustancialmente, la tasa de natalidad ha sufrido un descenso muy significativo, los trabajadores cada vez otorgan más importancia al ocio, la incorporación al mercado de trabajo se produce a edad más tardía, etc.; y especialmente y de vital importancia, la profunda crisis económica en la que estamos inmersos y el desbastador efecto que la misma ha tenido en el empleo.
Además, se observa cómo los empresarios cada vez con más frecuencia, deciden prescindir de trabajadores que superan la edad de los 55 años, a los que aún, teóricamente, les queda una década para jubilarse, por no percibirlos como “útiles” en sus respectivos sistemas productivos, primando en muchas ocasiones la juventud y fuerza pura de producción frente a la experiencia y capacidad adquirida con los años.
En atención a todo lo anterior, resulta obvio que hay que adoptar medidas drásticas, como las que hemos apuntado más arriba, si queremos que, en un futuro, continúe existiendo un Sistema Público de Seguridad Social.
Ahora bien, y entrando a analizar el segundo punto de vista, el social, podemos afirmar que el colectivo principalmente afectado por dichas medidas, los pensionistas, es aquél colectivo cuyos derechos mínimos en este sentido, todos los partidos políticos han intentado salvaguardar. De hecho, las consultas sociales que se han llevado a cabo acerca de todas las medidas que se han propuesto para garantizar la pervivencia del Sistema, ya muestran el rechazo de la sociedad a las mismas.
En efecto, todo el mundo es consciente de que nos enfrentamos a modificaciones de una materia blindada hasta el momento, incluso podemos decir coloquialmente, “intocable”, que inevitablemente, están generando un gran debate económico y social.
La pregunta es ¿se impondrá finalmente el punto de vista social al técnico, o el técnico al social? Objetivamente, si nos fijamos en nuestros vecinos de la Unión Europea, véase Francia por ejemplo, la respuesta viene dada.
Isabel Segura Núñez
Dpto. Laboral Ceca Magán Abogados