La Sala de lo Social del Tribunal Supremo dictó el 27 de mayo de 2013 una sentencia de casación ordinaria en el recurso nº 90/2012, en materia de conflicto colectivo.
El Alto Tribunal, en la citada sentencia, ahora dada a conocer, acuerda estimar el recurso interpuesto por la empresa y declarar la validez de los acuerdos alcanzados entre empresario y trabajadores en relación al período del disfrute de vacaciones de determinada compañía.
hasta aquí, nada de particular, ni consiguientemente de reseñable o extraordinario tendría esta sentencia; pero la misma alcanza especial significación, digna del presente comentario, por cuanto que corrobora la validez del citado acuerdo entre los representantes legales de los trabajadores y la Dirección empresarial, pese a suponer dicho pacto una clara modificación de lo establecido en el Convenio Colectivo aplicable, sobre el régimen de las vacaciones retribuidas.
Añadir nuevo comentario