Las empresas de transporte de mercancías que hasta el 31 de diciembre de 2015 podrían haber estado cotizando en concepto de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales (AT y EP) por sus conductores de vehículos de más de 3,5 Tm de carga útil al tipo del 6,70%, habrían estado cotizando en exceso, al corresponderles, en nuestra opinión, un tipo de cotización del 3,70% según el CNAE de su actividad (normalmente CNAE 494).
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