Tras el pago a Hacienda de casi 700.000 euros realizado por el rey emérito, Juan Carlos I, para regularizar su situación, son muchas las cuestiones que surgen en torno a esta actuación. ¿Qué impuesto ha pagado: el de donaciones o el IRPF? ¿Qué cantidad de dinero recibió exactamente? ¿Qué parte del total responde a recargos e intereses?
Cuestionado sobre este pago, Javier Lucas, Socio del área de Derecho Tributario, señala a NIUS que resulta poco habitual que no haya esperado a que la propia Hacienda hiciera la liquidación de intereses y recargos, lo que hace pensar en un “pacto” fiscal para pasar página cuanto antes. Nuestro compañero considera que la presentación de esa regularización es un reconocimiento de que no se habían pagado los impuestos pertinentes, “lo que no quiere decir que haya delito”.
En cuanto a la controversia generada sobre si se trata del impuesto de donaciones o el IRPF, Lucas apunta que la fórmula de poner a su disposición tarjetas de crédito es una donación. Aunque puntualiza que se trata de una donación un tanto “sui géneris”, porque además, la entrega de una o varias tarjetas de crédito dan la posibilidad de utilizarlas o no, aunque en este caso está acreditado que él las usó y sus familiares también.
Finalmente, cuestionado sobre si está permitido realizar y recibir este tipo de donaciones tan elevadas, Javier destaca que no hay un límite legal a las donaciones, aunque remarca que, por el tipo de impuesto que es, se puede llegar a pagar un 81% de lo recibido.
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