![Los 10 hitos de la Reforma de Enjuiciamiento Civil](/sites/default/files/styles/max_750_width/public/default_images/imagen-generica-articulos.jpg?itok=JPXOqH3v)
Modificaciones operadas por la ley 42/2015, de 5 de octubre, de reforma de la Ley 7/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil
Así, los cambios introducidos en relación con la obligatoriedad de todos los profesionales de la justicia y órganos y oficinas judiciales y fiscales de emplear los sistemas telemáticos existentes en la Administración de Justicia para la presentación de escritos y documentos y la realización de actos de comunicación procesal entrarán en vigor el próximo 1 de enero de 2016. Por su parte, las previsiones relativas al archivo electrónico de apoderamientos apud acta y al uso por los interesados que no sean profesionales de la justica de los sistemas telemáticos existentes en la Administración de Justicia para la presentación de escritos y documentos y la realización de actos de comunicación procesal, entrarán en vigor un año más tarde, esto es, el 1 de enero de 2017
Por Patricia Martínez Díez
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