“Al cierre del ejercicio 2015, las compañías beneficiadas por el régimen de exclusión en el cómputo de las pérdidas pueden caer en causa legal de disolución”.
El Gobierno no ha extendido para el año 2015 un Decreto del año 2008 que se ha venido prorrogando en los últimos años a través de diversas normas, la última de ellas el Real Decreto-Ley 4/2014, de 7 de marzo, por el cual las compañías que al cierre del ejercicio estuvieran incursas en causa de disolución o reducción de capital obligatoria, no debían computar a los efectos legales oportunos las pérdidas ocasionadas del negocio derivadas de ciertas partidas contables . . .
Autor: Miguel ángel Rodríguez – Sahagún
Socio Dpto. Mercantil y M&A.
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